MINISTERIO PÚBLICO AL IGUAL QUE EL PODER JUDICIAL, SÓLO TIENE DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO
14 de mayo de 2014 a la(s) 17:51
Compañeros,
reciban el cordial saludo de la Junta Directiva del SUTRAPOJ – LIMA, en esta
oportunidad debido a las constantes llamadas de nuestros compañeros por la mala
información difundida a través de los medios de prensa respecto al Proyecto de
Ley de la Exclusión de los servidores del Ministerio Público de la Ley del
Servicio Civil ACLARAMOS lo siguiente:
1.
El día
de ayer la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República
aprobó el Dictamen favorable del Proyecto de Ley N° 3360/2013-CR del Ministerio
Público, quienes ahora, al igual que los trabajadores judiciales tienen
Dictamen favorable para la exclusión del Servicio Civil en una de las dos
comisiones. Falta en ambos casos que la Comisión de Presupuesto emita Dictamen.
Por tal motivo, mientras la Comisión de Presupuesto no emita Dictamen el
Proyecto de Ley se estanca y por tal motivo NO SE ENCUENTRA AGENDADO.
(Adjuntamos la Agenda del Pleno del 14 y 15 de mayo de 2014)
2.
La
Comisión de Trabajo y Seguridad Social está presidida por el congresista Carlos
Tubino de la bancada fujimorista y en su composición se encuentra mayormente la
oposición al partido de gobierno, motivo por el cual apoyaron en la aprobación
de nuestro Dictamen. Es el nacionalismo quien preside la Comisión de
Presupuesto a través del congresista Johnny Cárdenas Cerrón; así como, la
presidencia del Congreso a través del congresista Fredy Otárola, quienes han
puesto trabas para que nuestro Proyecto de Ley sea agendado y debatido en el
Pleno del Congreso, bajo la consigna del Presidente de la República y del
Ministro de Economía y Finanzas de no permitir que ninguna institución sea
excluida de la Ley del Servicio Civil.
3.
Reiteramos
que si bien nuestra huelga iniciada el 25 de marzo fue suspendida por un plazo
de 90 días, dicha suspensión se ha generado bajo los considerandos de que el
Poder Judicial promueva el Proyecto de Ley N° 3239/2013-PJ sobre la exclusión
de los trabajadores del Poder Judicial de la Ley del Servicio Civil a través
del diálogo con el Ejecutivo y el Legislativo. Por tanto nos mantendremos
alertas de que las gestiones avancen en pro del beneficio de todos los
trabajadores judiciales, caso contrario volveremos a las calles a hacer
respetar nuestros derechos.
¡¡¡ ABAJO LA LEY DEL SERVICIO CIVIL !!!
¡¡¡ VIVA LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES JUDICIALES !!!
¡¡¡ VIVA EL SUTRAPOJ-LIMA !!!
LIMA, 14 de mayo de 2014
JD SUTRAPOJ-LIMA
LEY DE
SERVICIO CIVIL 30057
No están comprendidos los trabajadores de las empresas del Estado, del Banco Central de Reserva del Perú, del Congreso de la República, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria, de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, de la Contraloría General de la República ni los servidores sujetos a carreras especiales.
Sin embargo, se les aplica supletoriamente esta Ley en lo referido a Principios, Organización del Servicio Civil (evaluación) y Régimen Disciplinario y Proceso Administrativo Sancionador.
HUELGA NACIONAL DEL SECTOR SALUD
Estimados Compañeros
Le hacemos llegar nuestro
saludo de clase en nombre de la Junta Directiva y el Comité de Lucha del
Sindicato Unificado de trabajadores del Instituto Nacional Materno Perinatal –
Maternidad de Lima; para expresar nuestro compromiso en esta justa y necesaria
Huelga Nacional Indefinida convocada por nuestra FENUTSSA, conjuntamente con
los compañeros de la Federación Médica Peruana: ante la arremetida del gobierno
y los organismo financieros internacionales, al tratar de imponernos una mal
llamada reforma del sector salud, en el marco de una reforma neo liberal de las
normas laborales en nuestro país, mediante la ley del servicio civil; ambas
conculcando los derechos adquiridos y contraviniendo a la propia constitución
neo liberal de 1993 impuesta por el régimen fujimontesinista.
Es necesario recalcar que a
todos los trabajadores asistenciales calificados en dos categorías por el DL
1153: a).Profesionales de la Salud y b).Técnicos Asistenciales; La Ministra de
Salud y el Ministerio de Economía y Finanzas, de contrabando, han migrado a la
ley de Servicio Civil a nuestros compañeros médicos, profesionales de la salud
y técnicos asistenciales que están comprendidos en el ley 28561, para los
cuales se le aplicara supletoriamente esta Ley 30057 en lo referido a
Principios, Organización del Servicio Civil y Régimen Disciplinario y Proceso
Administrativo Sancionador.
Que sumado, a los cambios
“estrucuturales” que está haciendo la ministra mediante su seudo reforma, de
crear otro vice ministerio, un instituto de gestión con alta burocracia,
creando más direcciones: de institutos, de hospitales nacionales, de hospitales
locales, del SAMU, de redes y micro redes, la SUNASA que solo supervisa lo
público y lo privado se hace la vista gorda; y lo peor de todo desarma la DISA
MÁS GRANDE Lima Ciudad y quiere meter a todos los trabajadores a la DISA Sur;
Agrava la crisis laboral que atraviesa nuestro sector salud y el sector estatal
en su conjunto.
Entonces algo huela mal,
aquí en nuestro país; a todos nos imponen la Ley del Servicio Civil; nos imponen
una nueva estructura remunerativa solo para los asistenciales (79%) y de yapa
nos quitan todos los beneficios conquistados; sale el gobierno que trata de
enredarnos y arman semejante desorden y crean una crisis laboral, para
justificar sus grandes emolumentos (sueldos de 30 mil soles a ministros), y
vanagloriarse de cumplir las actas, cuando lo único que han hecho es un
contrabando para imponer su privatización.
Perjudicándonos a todos en
los siguientes aspectos:
Nos recortan los derechos
adquiridos, contraviniendo la constitución política de estado: Artículo 26°. En
la relación laboral se respetan los siguientes principios: 1. Igualdad de
oportunidades sin discriminación.
2. Carácter irrenunciable
de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Amplían su base tributaria, obligando a los más de 100 mil trabajadores de la salud a pagar más impuestos, al pasar de un bolsillo a otro nuestros incentivos y 037. Al recibir nuestro sueldo neto es menor al anterior y peor para el técnico asistencial.
Se incrementa nuestro aporte en los sistemas previsionales, para nuestra futura pensión, sin aumentar el fondo de la caja de pensiones, ni en las AFPs, No hay aumento de pensiones más de 10 años
3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Amplían su base tributaria, obligando a los más de 100 mil trabajadores de la salud a pagar más impuestos, al pasar de un bolsillo a otro nuestros incentivos y 037. Al recibir nuestro sueldo neto es menor al anterior y peor para el técnico asistencial.
Se incrementa nuestro aporte en los sistemas previsionales, para nuestra futura pensión, sin aumentar el fondo de la caja de pensiones, ni en las AFPs, No hay aumento de pensiones más de 10 años
Cierran abusivamente el
montepío, obligando a nuestros compañeros de la 20530 a regalar sus aportes en
los sistemas públicos y privados.
No hay ningún tipo de negociación en el tema remunerativo, de incentivos, de estímulos, de campañas, alertas verdes. TODO ESTA PROHIBIDO, por el DL 1153. Son tus compensaciones según tu estructura remunerativa. NO HAY MÁS.
EN EL ASPECTO LABORAL: tu administración, pagos de compensaciones, control de asistencia, contratos, sistema disciplinarios y evaluaciones anuales, serán regidos para todos por la LEY DEL SERVICIO CIVIL. desde el momento que se implemente en el sector salud. fenece el DL 276.
La Oficina de personal de cada ejecutora se convierte en el mini SERVIR de cada base.
El trabajador asistencial o administrativo, que este en la estructura remunerativa DL 1153 y los Funcionarios y administrativos, que se pasen o no se pasen, a la Ley de Servicio Civil, serán evaluados anualmente y tendrán que cumplir con los requisitos y funciones mínimas que señala el clasificador de cargos del MINSA.
No hay ningún tipo de negociación en el tema remunerativo, de incentivos, de estímulos, de campañas, alertas verdes. TODO ESTA PROHIBIDO, por el DL 1153. Son tus compensaciones según tu estructura remunerativa. NO HAY MÁS.
EN EL ASPECTO LABORAL: tu administración, pagos de compensaciones, control de asistencia, contratos, sistema disciplinarios y evaluaciones anuales, serán regidos para todos por la LEY DEL SERVICIO CIVIL. desde el momento que se implemente en el sector salud. fenece el DL 276.
La Oficina de personal de cada ejecutora se convierte en el mini SERVIR de cada base.
El trabajador asistencial o administrativo, que este en la estructura remunerativa DL 1153 y los Funcionarios y administrativos, que se pasen o no se pasen, a la Ley de Servicio Civil, serán evaluados anualmente y tendrán que cumplir con los requisitos y funciones mínimas que señala el clasificador de cargos del MINSA.
Por lo expuesto se
justifica la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA DE LOS TRABAJADORES DE SALUD…Es la hora
de defender nuestro Sindicato, único instrumento que hará respetar tu
estabilidad laboral, frente a las próximas arremetidas de SERVIR y su proceso
de evaluación, es necesario darle el poder de las masas a nuestra junta
directiva que tenga la capacidad de negociar y sobre todo que se sepa parar
frente al Director General, su equipo de gestión y todas sus jefaturas, para la
gran defensa de nuestro sector salud.
La Junta directiva SUTINMP.
Jubilados recuperan todo su
fondo previsional
Los
jubilados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) recuperan la totalidad de su
fondo previsional, por lo que es falso que el 25% de lo aportado se quede en
las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), sostuvo el ministro
de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
“Alguien está diciendo que el 25% de los recursos que aportan los
afiliados a las AFP nunca los recibirán, lo que es absolutamente falso, pues
asume el supuesto de que toda la población peruana fallece a los 84 años”,
dijo.
Opciones
Declaró que esta afirmación parte de una premisa equivocada. “Las
personas pueden optar por una renta vitalicia o el retiro programado, y
entonces pueden llevarse todos sus recursos acumulados.” Refirió que la renta
vitalicia es administrada por una empresa de seguros y el retiro programado
sigue en manos de las AFP.
Asimismo, Castilla enfatizó que la Oficina de Normalización Previsional
(ONP) es viable, por lo que el pago a los pensionistas del Estado está
garantizado.
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