FERTASE
– LIMA
¡¡POR EL PAGO
TOTAL DE LOS INTERESES DEL D.U. 037!
¡INCREMENTO DE SUELDOS E INCENTIVO DEL CAFAE!
¡POR LA DEROGATORIA DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL!
15 DE OCTUBRE MOVILIZACIÓN AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
¿Cuánto sabemos de nuestro sistema pensionario?
¿Cuánto sabemos de nuestro sistema pensionario?
Cuando nos ponemos a pensar
sobre el tema pensionario me surgen una serie de preguntas y asumo que eso debe
pasar a todo trabajador que aporta a un sistema pensionario. El problema está
cuando dejamos pasar nuestras interrogantes y no nos informamos más, porque te
recordamos, es tu dinero, si el dinero que es producto de tu sacrificio diario
que se va a un sistema pensionario y si no te
preocupas ahora no esperes tener más de 60 años para hacerlo.
1. ¿Que es la Seguridad Social?
"Es la protección que
la sociedad proporciona a los individuos", por tanto el Estado debe de
establecer una serie de medidas que vayan a favor de las personas tanto en
materia de salud como de garantías para la vejez, entre otros. La OIT lo ha
determinado como un derecho fundamental y nuestra Constitución como un derecho
universal y progresivo.
2. ¿Que nos propone el Estado en temas
Seguridad Social?, ¿Qué sistemas existen?
Hasta antes de que se instaure
la dictadura fujimontesinista en el Perú sólo teníamos el Sistema Nacional de
Pensiones. Con Fujimori se implementó una serie de medidas neoliberales donde
se aprueba la creación del Sistema Privado de Pensiones, mas conocido como las
famosas "AFPs". Fujimori boicoteó el Sistema Nacional de Pensiones
haciendo uso de sus fondos para otras cosas que no estaban permitidas ya que su
fondo es intangible. Pero esto no es de extrañar, recordemos como se desfalcó
la Caja de Pensiones Policial y Militar. Entonces, los trabajadores no les importamos
ni un bledo e hicieron con nuestros aportes lo que se les vino en gana. ¿Y
nuestro seguro para nuestra vejez?, simple y llanamente su burló de nosotros.
3. Las AFPs y el Sistema Nacional de
Pensiones
Las AFPs o el Sistema
Privado de Pensiones o el Sistema de Capitalización Individual no es ningún
sistema de seguridad social, es un ahorro individual que aportas mes a mes a
una empresa que invierte tu dinero para generar ganancias, pero recuerda si
gana con tu dinero no te dará nada; pero si pierde si te descontará, osea los
que tienen a su cargo el negocio de las AFPs nunca pierden y para remate te
cobran una comisión. Ahora sólo puedes hacer uso en tu pensión de lo que tú de
manera individual ahorraste, si eso se gasta y tu sigues vivo no te dan ni un
centavo más. La OIT se ha pronunciado sobre las AFPs mencionando que no es
Seguridad Social sino un Sistema Privado.
El Sistema Nacional en
cambio si está basado en la socialización del ahorro, es conocido como el
sistema de reparto. Quienes trabajamos actualmente y estamos en el Sistema
Nacional aportamos para quienes reciben ahora su jubilación. Así que cuando
nosotros estemos viejitos, los jóvenes y trabajadores en actividad nos pagarán
nuestra jubilación. Ahora lo máximo que nos pueden pagar como pensión son S/.
800.00 y tal vez esa es la razón por la cual hay trabajadores que opten por las
AFPs donde lo malo es que no tienes garantía de nada.
4. ¿Que podemos hacer?
Si bien es cierto que un
gran grupo de trabajadores está en el Sistema Nacional de Pensiones, eso no significa
que esté contento con el sistema que tiene, más aún con lo bajo de la pensión y
que en muchos casos incluso llegan a juicio con la ONP. Por otro lado las AFPs
están llenas de denuncias por casos donde a los trabajadores no les toco casi
nada de pensión por pérdidas en las inversiones y como está en base al ahorro
personal han sido gravemente perjudicados y no tendrán otra pensión. Por eso
muchos podrán decir que mejor no exista el seguro social y cada uno pueda
ahorrar de manera personal, pero esa no es la salida.
Debemos impulsar una
Reforma Pensionaria, sí, pero no permitamos que la reforma venga para quitarnos
más derechos aún de los pocos que tenemos como ha sido toda la política
reformista de Humala y cía. Debatamos como debería ser el Sistema de Seguridad
Social en el Perú, no sólo para los trabajadores en planillas sino también para
los independientes, donde el Estado tenga una mayor intervención, así como los
empleadores del sector público y privado.
Debemos
propiciar mayor interés de parte de cada uno de los trabajadores de los
diversos sectores sobre nuestra realidad pensionaria y es obligación de cada
uno de nosotros en base a nuestra situación actual, recabar información tanto
de las AFP (Tipos de pensión, proyección de pensión, ETC) como en la ONP (monto
a otorgar, que desde ya es bajo); a efecto de que propiciemos un cambio en
nuestro sistema pensionario nacional que garantice al trabajador una jubilación
digna....
Así
es compañeros, nuestro futuro es muy importante, no podemos simplemente dejarlo
pasar. Estamos en la ONP, prefiero mil veces que mis aportes vayan para los
jubilados de ahora a que las AFPs hagan negocio con nuestros aportes. Pero aun
así creemos que el Estado debe de asumir una política de Seguridad Social a
favor de los trabajadores y por eso es que aún tenemos esperanzas que esto
cambiará.
Sería
muy importante que la Comisión de Seguridad Social del Congreso para que
gestione una Ley para que el Incentivo del CAFAE (S/. 450.00), Bono Judicial,
el Bono Fiscal sean pensionables así el trabajador que entrego más de 30 años
de su vida al Estado se valla con una pensión decorosa y tenga el
reconocimiento económico que se merece.
En FERTASE-LIMA, tenemos mucha preocupación
por los compañeros que cesaran en el presente año y trasmitimos nuestras ideas,
tenemos un papel que cumplir así que al menos empecemos a hacer algo por
nosotros mismos. Bienvenidos los aportes, críticas y debate, eso genera mayor
conocimiento e impulsaremos a la dirigencia y a la clase política mayor
compromisos.
EL
VERDADERO SINDICALISMO SE LLEVA EN LA SANGRE EN NUESTRAS CONVICCION, EN EL
ESFUERZO, EN EL SUFRIMIENTO, EN LA LUCHA Y EN LA VICTORIA.HAY HOMBRES QUE
LUCHAN UN DÍA Y HAY HOMBRES QUE LUCHAN AÑOS, MI SALUDO A MIS COMPAÑEROS DE
GRANDES LUCHAS SINDICALES QUE SIEMPRE ESTAN DE PIE, HOY Y SIEMPRE.
¡VIVA LA FERTASE-LIMA!
¡VIVA LA FERTASE-PERU, CONTASE Y CTE!
!QUE DIOS NOS ILUMINE Y NOS
PROTEJA ETERNAMENTE!.
!SOLO LA UNIDAD PUDO HACER
POSIBLE EL TRIUNFO DE NUESTRA CONFEDERACIÓN Y FEDERACION!.
¡FERTASE ES UNO SOLO Y NADIE LO DIVIDE!!!!
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R. M. Nº 451-2014-MINEDU - Crean el modelo de servicio educativo «Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria» www.minedu.gob.pe
MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN
Crean el modelo de servicio educativo «Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria»
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 451-2014-MINEDU
Crean el modelo de servicio educativo «Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria»
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 451-2014-MINEDU
Lima, 30 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;
Que, el artículo 12
de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, dispone que
para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como
sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los
estudiantes de los niveles inicial, primaria y secundaria; el Estado provee los
servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el
tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales;
Que, de acuerdo al literal d) del artículo 8 y el literal f) del artículo 13 de la Ley, la calidad es un principio de la educación peruana que consiste en el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida; siendo algunos de los factores para el logro de dicha calidad la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo;
Que, el artículo 36 de la Ley, establece que la educación secundaria constituye el tercer nivel de la Educación Básica Regular y dura cinco años; ofrece a los estudiantes una formación científica, humanista y técnica;
Que, de acuerdo al literal d) del artículo 8 y el literal f) del artículo 13 de la Ley, la calidad es un principio de la educación peruana que consiste en el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida; siendo algunos de los factores para el logro de dicha calidad la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo;
Que, el artículo 36 de la Ley, establece que la educación secundaria constituye el tercer nivel de la Educación Básica Regular y dura cinco años; ofrece a los estudiantes una formación científica, humanista y técnica;
Está orientada al desarrollo de competencias que permitan al educando acceder a conocimientos humanísticos, científicos y tecnológicos; forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el ejercicio de la ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio. Así también, estable que la capacitación para el trabajo es parte de la formación básica de todos los estudiantes, de tal manera que permita desarrollar aprendizajes laborales polivalentes y específicos vinculados al desarrollo de cada localidad;
Que, la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, autoriza la creación de nuevos modelos de servicios educativos que reúnan todas las condiciones de calidad requeridas para su adecuado funcionamiento, en el marco de las modalidades, formas y niveles del Sistema Educativo Nacional;
Que, mediante Oficio Nº 1537-2014-MINEDU/VMGP/DIGEBR, el Director General de Educación Básica Regular, remitió al Viceministro de Gestión Pedagógica el Informe Nº 1627-2014-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES, mediante el cual sustenta la necesidad de aprobar el modelo de servicio educativo denominado Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria, el cual tiene como objetivo mejorar la calidad del servicio de educación secundaria ampliando las oportunidades de aprendizaje de los y las estudiantes de instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación;
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Crear el modelo de servicio educativo "Jornada Escolar
Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación
secundaria", el mismo que en calidad de Anexo forma parte integrante
de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la implementación progresiva del modelo de servicio educativo creado por el artículo precedente, a partir del año 2015, en mil (1,000) instituciones educativas seleccionadas conforme al detalle descrito en el referido modelo.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
[El Peruano: 01/10/2014]
EDUCACIONENRED.PE
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA DECRETO SUPREMO Nº 122-94-EF
Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta que consta de una Disposición General, trece (13) Capítulos, sesentaicuatro (64) Artículos, y dieciséis (16) Disposiciones Transitorias y Finales, el mismo que como anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Obligaciones del Empleador
Son obligaciones del empleador:
Retener y declarar mensualmente en la Planilla Electrónica el impuesto a la renta de Quinta Categoría de sus trabajadores.
Entregar a cada trabajador, antes del 1 de marzo del año siguiente, un certificado de las remuneraciones brutas afectas, deducciones e impuesto retenido en el ejercicio que termina
Base Legal:
Inciso j) del Artículo 21° y Artículos 45º y 46º del Reglamento del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 122-94-EF, modificado por los Decretos Supremos Nros. 086-2004-EF y 134-2004-EF
INFORME N° 001-JURADO ELECTORAL – SITASE AS
DIRIGIDO A LA ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADORES DEL SITASE AREQUIPA SUR
1°.- CON FECHA 18 DE JULIO EN UNA ASAMBLEA GENERAL CONVOCADA POR LA FENTASE REGIONAL Y EN PRESENCIA DEL SR. JOSE DELGADO BAUTISTA SECRETARIO GENERAL DEL FENTASE NACIONAL SE ELIGE AL JURADO ELECTORAL PARA LLEVAR ADELANTE LAS ELECCIONES GENERALES CON VOTO SECRETO UNIVERSAL DE LA UGEL AREQUIPA SUR, Y ESTE ES CONFORMADO POR :
- PRESIDENTA : sra Rocío Buquez Rojas
- SECCRETARIA : Sra. Maritza Velásquez Capcha
- VOCAL : Sr. Rubèn Salinas Calderón
EN DICHA ASAMBLEA SE APRUEBA EL REGLAMENTO, TENIENDO CONOCIMIENTO QUE DE ACUERDO AL ESTATUTO, ESTE DEBE SER ELABORADO POR EL JURADO ELECTORAL Y APROBADO EN ASAMBLEA, ACTO QUE SE HIZO NOTAR ANTE LOS DIRIGENTES PRESENTES.
ESTE COMITÉ ELECTORAL TOMA LA DESICIÓN DE MODIFICAR EL CRONOGRAMA, CON LA FINALIDAD DE DAR OPORTUNIDAD A LOS COMPAÑEROS QUE DESEEN CONFORMAR SUS LISTAS Y TENGAN EL TIEMPO SUFICIENTE PARA TAL FIN, SEGÚN EL ACTA DEL 22 DE JULIO QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA:
• PERIODO DE INSCRIPCION DE LISTAS 31 DE JULIO Y 1° DE AGOSTO
• PUBLICACION DE LISTAS 1° DE AGOSTO
• PERIODO DE TACHAS 4 DE AGOSTO
• ABSOLUCION DE TACHAS 5 DE AGOSTO
• PUBLICACION DE LISTAS APTAS 5 DE AGOSTO
• FECHA DE SUFRAGIO 13 DE AGOSTO
• PROCLAMACION DE LISTA GANADORA 13 DE AGOSTO
2°.- ESTE COMITÉ ELECTORAL CON FECHA DE JULIO RECIBE DE LA FENTASE REGIONAL LA SUMA DE 200.00 NUEVOS SOLES; RESPETANDO EL CRONOGRAMA EMPIEZA A TRABAJAR, SALIENDO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN,VISITANDO A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS, DEJANDO CONVOCATORIAS EN LA UGEL SUR, GERENCIA REGIONAL, SUB CAFAE, Y OTROS MEDIOS; TODOS CON GASTOS DEBIDAMENTE SUSTENTADOS LEGALMENTE.
3°.- EL DIA 1° DE AGOSTO SIENDO EL ULTIMO DIA DE INSCRIPCION SE PRESENTARON LAS LISTAS DE LA SEÑORA JUANA COLQUEHUANCA, SEÑOR JORGE GUITERREZ Y SEÑOR DIONICIO VALERIANO, CON SUS RESPECTIVOS PERSONEROS Y EL PAGO DE 45,00 NUEVOS SOLES CADA LISTA Y DE INCIDENCIAS EN ESTA ETAPA SOLO SE RECIBIO UN DOCUMENTO DEL SEÑOR FERNANDO QUISPE, SOLICITANDO COPIA DEL DNI Y AUJTORIZACIÓN DEL SEÑOR CARI, DOCUMENTO QUE SE RESPONDIO EN SU LAPSO DE TIEMPO DANDO NO A LUGAR POR CARECER SUSTENTO LEGAL.
4° EL DIA 4 DE AGOSTO PRESENTACION DE TACHAS HASTA LAS 19,10 HORAS LIMITE, EL JURADO ELECTORAL NO RECIBIÓ TACHA ALGUNA DE NINGUNA DE LAS LISTAS INSCRITAS, LLEVANDO A REVISAR EL JURADO EN PLENO CADA UNA DE LAS LISTA, HACIENDO UNA OBSERVACION SOBRE EL NOMBRE DE DOS SECRETARIAS, A LA LISTA DEL SEÑOR DIONICIO VALERIANO; POR LO QUE SE LE HACE LLEGAR UN DOCUMENTO PARA QUE SUBSANE DENTRO DE LAS 24 HORAS, COSA QUE NO ERA RELEVANTE COMO PARA ELIMINAR DE LA CONTIENDA, HECHO QUE NO LO ENTIENDE EL SEÑOR JORGE GUTIERREZ Y PRESENTA EL RECLAMO FUERA DE LOS LIMITES CORRESPONDIENTES DE ACUERDO AL REGLAMENTO.
5°.- EL DIA 5 DE AGOSTO PUBLICACION DE LISTAS, EL SEÑOR DIONICIO VALERIANO CONJUNTAMENTE CON SU PERSONERO HACE ENTREGA DE LA NUEVA PLANILLA CUMPLIENDO ASI DENTRO DE LOS PLAZOS OTORGADOS Y ABSOLVIENDO LA OBSERVACION REALIZADA POR EL JURADO, POR LO QUE SE LLEVA A CABO EL SORTEO DE NUMEROS CON LOS QUE PARTICIPARAN CADA LISTA, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA:
- LISTA 1 JUANA COLQUEHUANCA
- LISTA 2 JORGE GUTIERREZ
- LISTA 3 DIONICIO VALERIANO
6°.- EL JURADO ELECTORAL QUEDA EXPEDITO PARA LAS ELECCIONES GENERALES DEL DIA 13 DE AGOSTO DE 9,00 A.M. A 17.00 P.M. EN EL LOCAL DEL SUB CAFAE.
7°.- EL DIA 13 DE AGOSTO A LAS 9,40 A.M. Y EN PRESENCIA DE LOS PERSONEROS DE CADA LISTA SE HACE LA INSTALACION DE LA MESA, HACIENDO CONSTAR ADEMAS QUE EL SEÑOR JORGE QQUESO, SE PRESENTA CON UNA CREDENCIAL DE LA FENTASE NACIONAL COMO VEEDOR DE ESTAS ELECCIONES, PARA SORPRESA DEL JURADO ELECTORAL.
8°.- SIENDO LAS 17,0P0 HORAS EL JURADO ELECTORAL CON PARTICIPACION DE LOS PERSONEROS Y EL VEEDOR, SE REALIZA EL ESCRUTINIO GENERAL SEGÚN VOTOS QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA:
- LISTA N° 3 71 VOTOS
- LISTA N° 1 60 VOTOS
- LISTA N° 2 44 VOTOS
- BLANCOS Y VICIADOS 14 VOTOS TOTAL VOTANTES : 189
9.- AL NO CUMPLIR CON LA SEGUNDA DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO QUE DICE: “PARA QUE LAS ELECCIONES GENERALES SEAN VALIDAS DEBERAN VOTAR POR LO MENOS LOS 2/3 DE LOS AFILIADOS, LA DEFINICION DEL GANADOR SERA POR MAYORIA SIMPLE.” AL NO CUMPLIR CON TAL DISPOSICION SE ACUERDA POR MAYORIA LLEVAR A CABO LA SEGUNDA VUELTA DONDE PARTICIPARAN LAS DOS LISTAS QUE OBTUVIERON LA MAYORIA DE VOTOS, A EXCEPCION DE LA SEÑORA MARITZA VELASQUEZ QUE PROPONE QUE SE CONVOQUE A UNA ASAMBLEA GENERAL Y SE REALICE LA VOTACION A MANO ALZADA. PUNTO QUE NO LO ESTIPULA EL REGLAMENTO Y MENOS LOS ESTATUTOS, POR LO SE FIJA COMO SEGUNDA VUELTA EL DIA 29 DE AGOSTO EN EL MISMO HORARIO DE 9,00 A 17 HORAS. Y LOCAL DEL SUB-CAFAE, QUEDANDO COMO LISTAS APTAS LAS LISTAS N°1 Y LA LISTA N° 3, SALIENDO DE LA CONTIENDA LA LISTA N° 2.
10°.- ESTE JURADO ELECTORAL PARA LLEVAR LA SEGUNDA VUELTA EN UN ACTO SIN PRECEDENTES, SOLICITA A LA SECRETARIA REGIONAL PARTE DE LA CUOTA SINDICAL QUE LE CORRESPONDE AL SITASE SUR, HACIENDONOS ENTREGA EL DIA DE AGOSTO LA SUMA DE 100.00 NUEVOS SOLES POR LO QUE NUEVAMENTE SE CONVOCO A LOS TRABAJADORES PARA EL DIA 29 DE AGOSTO FECHA DE LA SEGUNDA VUELTA.
11°.- DESPUES DE HACER EL TRABAJO DE LA PRIMERA VUELTA CON EL POCO PRESUPUESTO, EL DIA 29 DE AGOSTO , SE INSTALA LA MESA CONJUNTAMENTE CON EL PERSONERO DE LA LISTA NRO. 03 Y CON LA CABEZA DE LA LISTA NRO. 01 Y NUEVAMENTE EL VEEDOR JORGE QQUESO.
ACTOS QUE EN EL TRASCURSO DE LAS VOTACIONES SE LLEVARON CON NORMALIDAD HASTA LAS 17.00 HORAS EN QUE SE CIERRA LAS ANFORAS Y SE DA TRAMITE AL CONTEO DE LOS VOTOS EN PRESENCIA DE LOS PERSONEROS Y EL VEEDOR JORGE QQUESO, DANDO LA SUMA DE 194 VOTANTES DEL CUAL QUEDA DE LA SIGUIENTE FORMA:
- LISTA N° 3 100 VOTOS
- LISTA N° 1 86 VOTOS
- BLANCOS Y VICIADOS 8 VOTOS TOTAL 194 VOTANTES
POR TANTO EN EL MOMENTO QUE LA SUSCRITA COMO PRESIDENTA DEL JURADO ELECTORAL DARIA COMO GANADOR A LA LISTA N° 3 ENCABEZADA POR EL SR. DIONICIO VALERIANO CHILE, POR HABER GANADO EN VOTOS DE MAYORIA SIMPLE EN SEGUNDA VUELTA, LA PERSONERA DE LA LISTA N° 1 OBJETA EL RESULTADO INDICANDO QUE NO HAN SUFRAGADO EL 50% MAS 1 Y EN FORMA PREPOTENTE Y ALTERADA SE RETIRA DEL ESCRUTINIO; ANTE ESTOS HECHOS LA SUSCRITA PREGUNTA A LA SEÑORA MARITZA SECRETARIA DEL JURADO LA CUAL INDICA QUE NO ESTA DE ACUERDO Y QUE SE DEBERIA LLEVAR A UNA ASAMBLEA PARA ELEGIR CARGO A CARGO REINCIDIENDO EN SU POSESIÓN DE LA PRIMERA VUELTA, LA MISMA PREGUNTA SE LE HACE AL SEÑOR VOCAL RUBEN SALINAS CALDERON, A LO QUE ESTE TAMBIEN RESPONDE LO QUE HABIA MANIFESTADO LA SEÑORA MARITZA VELASQUEZ, HECHOS QUE NO CONTEMPLAN LOS ESTATUTOS NI EL REGLAMENTO , POR CARECER UN SUSTENTO LEGAL ADMINISTRATIVO Y JURIDICO, YA QUE ERA UNA SEGUNDA VUELTA Y QUE POR ENDE JAMAS IBAN A VENIR A VOTAR EL 50% DE LOS TRABAJADORES; A ESTOS HECHOS EL PERSONERO DE LA LISTA GANADORA EN VOTOS SEÑOR VICTOR CORIMANYA PIDE UNA RECONSIDERACION Y QUE CONSTE EN ACTA EL ACUERDO DE LOS DOS MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL, PARA TOMAR UNA DESICIÓN FINAL DEL JURADO, EN ESTE LAPSUS EL JURADO DECIDE CON SU AUTONOMIA, QUE TAL RECONSIDERACION DE LA LISTA 3 SE ABSOLVERIA EL DIA 01 DE SETIEMBRE.
12.-EL DIA 01 DE SETIEMBRE REUNIDOS LOS MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL Y HACIENDO UN MEA CULPA DE LO SUSCITADO EL DIA 29, LA SEÑORA MARITZA VELASQUEZ MANIFIESTA QUE SOLO SE CUMPLA LOS ESTATUTOS ES DECIR CAMBIA SU VERSION PRIMERA DE IR A UNA ASAMBLEA Y ELEGIR CARGO A CARGO. EL SEÑOR RUBEN SALINAS CALDERON MANIFIESTA QUE RECONOCE LA VOTACION DEL DIA 29 Y DEBE DE DARSE COMO GANADOR AL SEÑOR DIONICIO VALERIANO, HECHOS QUE CONLLEVAN A DAR COMO GANADOR A LA LISTA N° 3.
13°.- CABE SEÑALAR QUE ESTE JURADO ELECTORAL NOMBRADO EN ASAMBLEA Y CON LA AUTONOMIA QUE LE DA PARTIENDO DESDE LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, PASANDO POR LA LEY N° 27444, D.S. N° 003 DE TRABAJO, LA SEÑORA SECRETARIA GENERAL DE LA FENTASE REGIONAL ELIZABETH PEREZ Y LA SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN GLADYS MERMA CARDENAS HACEN ENTREGA DE UN OFICIO, DONDE SOLICITAN UN INFORME, PRECISANDO LA PRIMERA Y SEGUNDA VUELTA PARA DAR SOLUCION, ACTO POR DEMAS BURDO DADO QUE SE ESTABA VULNERANDO LA AUTONOMIA DE ESTE JURADO COMO LOS ESTATUTOS LO MANIFIESTAN, MENOSPRECIANDO EL TRABAJO SERIO CONQUE SE LLEVO A CABO ESTAS ELECCIONES Y ES MAS POR VERSIONES EMITIDAS POR SU SECRETARIO DE DEFENSA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN QUE ESTAS ELECCIONES IBAN A SER ANULADAS Y POR ENDE NO RECONOCER A LA LISTA GANADORA.
14°.- ACTOS QUE NO AMILANARON A ESTE JURADO BAJO LA PRESIDENCIA DE LA SUSCRITA EL DIA 3 DE SETIEMBRE REUNIDOS LOS MIEMBROS DEL JURADO PROCEDEN A DECLARAR AL SEÑOR DIONICIO VALERIANO CHILE COMO FLAMANTE SECRETARIO GENERAL DEL SITASE AREQUIPA SUR, HACIENDOLE ENTREGA DE LA RESOLUCION DE RECONOCIMIENTO, ASI COMO LAS CREDENCIALES Y COPIAS DE LAS ACTAS PARA HACER VALER SU DERECHO ANTE LOS ENTES CORRESPONDIENTES.
ES TODO CUANTO TENGO QUE INFORMAR EN HONOR Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS DISPOSITIVOS EMANADOS DE LA PROPIA ASAMBLEA Y DE ACUERDO A LAS ACTAS ADJUNTAS .
ROCIO BUQUEZ ROJAS
PRESIDENTA
ADJUNTO : RENDICION DE CUENTAS
C.C. FENTASE NACIONAL
C.C. FENTASE REGIONAL
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