FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos Une!
PARO NACIONAL DE 24 HORAS
POR AUMENTO DE SUELDOS Y PENSIONES
!LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO!
Día: Miércoles 22 de noviembre del 2017.
A horas: 10:00 am.
Concentración: Plaza Unión - Lima.
Señor. Presidente PPK, Señora. Presidenta del
Consejo de Ministros, Señora. Ministra de Economía, Señores. Congresistas de la República; nuestra Central sindical CONTASE, la Federación Nacional FERTASE –
PERÚ y la Federación Regional FERTASE – LIMA, de acuerdo a las normas
establecidas, hemos desarrollado constantes acciones de lucha sindical en las
calles, durante los meses de enero a noviembre 2017, así como presentado ante
sus despachos NUESTRAS JUSTAS DEMANDAS por escrito, en forma OPORTUNA y REITERADA,
y que a la fecha de hoy no hay respuesta alguna.
En las circunstancias actuales donde los
trabajadores administrativos del sector educación, hemos sido POSTERGADOS,
DISCRIMINADOS y EXCLUIDOS por 20 años, hoy tenemos la necesidad de EXIGIR al
Gobierno de PPK, a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de
Economía y Congreso de la República; la INMEDIATA SOLUCIÓN a la PROBLEMÁTICA de
nuestras REMUNERACIONES y PENSIONES que están por DEBAJO del Sueldo Mínimo
Vital, por ello EXIGIMOS AHORA:
1.- Incluir en la Ley de Presupuesto Público 2018,
en la Disposición Complementaria Final, que DISPONGA ACTUALIZAR el TOTAL de
nuestras REMUNERACIONES al Sueldo Mínimo Vital, del personal administrativo del
Sector Educación, conforme lo SOLICITADO por el Ministerio de Educación al
Ministerio de Economía, mediante Expediente 159486 – 2017, a través del OFICIO
N° 01982 – 2017 – MINEDU / SG y OFICIO N° 01730 – 2017 – MINEDU / SG – OGRH –
PROPUESTA de MEJORA en los INGRESOS de las REMUNERACIONES de los Trabajadores
Administrativos del Sector Educación; con el fin de cumplir con el aporte
pensionario del 13 % y 14 % de AFP y ONP, para una real y justa pensión al
momento de cese en el servicio, conforme lo establece la normatividad vigente
(OFICIO N° 126 – 2017 – DPR / ONP).
2.- Establecer el nuevo monto de la Escala Base del
Incentivo Único de Cafae en 1,500 soles para el año 2018 (Expediente 159486 –
2017, OFICIO N° 01982 – 2017 – MINEDU
/ SG y OFICIO N° 01730 – 2017 – MINEDU / SG – OGRH), a favor de los
trabajadores administrativos del Sector Educación de los Grupos Ocupacionales
Técnicos y Auxiliares del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, que
actualmente percibimos 750.00 soles (Quincuagésima Segunda Disposición
Complementaria Final del Proyecto de Ley N° 1836 / 2017 – PE).
3.- Incluir en la Ley de Presupuesto Público 2018,
el monto presupuestal pertinente y la REACTIVACIÓN de la Comisión Especial
creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley
30372, para culminar con el mandato de la Ley 30518 – Ley de Presupuesto 2017,
que en su Vigésima Octava Disposición Complementaria Final, señala la
devolución de los montos que los Pliegos Presupuestarios hubieran descontado
respecto a la Bonificación a que se refiere el artículo 2° del Decreto de
Urgencia N° 037 – 94; en tanto que después del Informe Final de la Comisión
Especial y pese a la emisión del D.S. N° 266 – EF, aún existen trabajadores
administrativos del sector educación no consideradas, así como aquellos que se
encontraban afiliados a una AFP, pero que posteriormente se desafilaron y se
encuentran ahora en la ONP, y diferencias en los montos que legalmente le
corresponden a los trabajadores.
4.- Incluir en la Ley de Presupuesto Público 2018,
en la Disposición Complementaria Final, que DISPONGA REGULARIZAR el
NOMBRAMIENTO de los trabajadores administrativos CONTRATADOS del sector
educación, en concordancia con lo solicitado por el Ministerio de Educación
mediante el Expediente 142701 – 2017, a través del OFICIO N° 01555 – 2017 –
MINEDU / SG – Propuesta de artículos a incluirse en el Proyecto de Ley de
Presupuesto Público 2018.
5.- Incluir en la Ley de Presupuesto Público 2018,
en la Disposición Complementaria Final, que DISPONGA se OTORGUE UNIFORME de TRABAJO,
GUANTES, BOTAS y MASCARILLAS, para el cumplimiento eficaz de nuestra función
toda vez que manipulamos e inhalamos diversos insumos químicos como: ácido muriático, lejía, creso, quita
sarro y otros que perjudican nuestra salud; a favor del personal administrativo
de las Instituciones Educativas del Sector Educación comprendidos en el Decreto
Legislativo N° 276, en cumplimiento del convenio colectivo CONTASE – MINEDU, y
el Expediente N° 142701 – 2017 (Oficio
N° 01555 – 2017 – MINEDU / SG).
6.- Restitución de la Disposición Complementaria
Final, Octogésima Novena, contenida en la Ley 30372, de Presupuesto Público
para el año Fiscal 2016, que prescribe: “Disponesé que a los funcionarios y
servidores públicos sujetos al régimen del decreto legislativo 276, ley de
bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público que,
en virtud de lo dispuesto en el literal c) del artículo 54º de la referida
norma, les CORRESPONDA el PAGO
de la COMPENSACIÓN por
TIEMPO de
SERVICIOS con OCASIÓN del CESE, se les OTORGARÁ una
entrega económica por única vez equivalente a DIEZ (10) REMUNERACIONES MÍNIMAS
vigentes al momento del cese. La presente disposición queda exonerada de lo
dispuesto en el artículo 6° de la presente ley. El financiamiento de la medida
se efectuará con cargo al presupuesto de cada entidad, de acuerdo a la
disponibilidad presupuestal”.
7.- Incluir en la Ley de Presupuesto Público 2018,
en la Disposición Complementaria Final, que DISPONGA el PAGO del INCENTIVO
ÚNICO de CAFAE a los SERVIDORES PÚBLICOS, sujetos al régimen del Decreto
Legislativo 276, que se encuentran con LICENCIA con GOCE de HABER por
ENFERMEDAD y MADRES GESTANTES – MATERNIDAD, según lo dispuesto por el Informe
N° 1097 – 2016 – EF / 42.01 de Asesoría Jurídica del MEF, el cual hace
referencia al Informe N° 1097 – 2016 – EF / 53.01 de la Dirección General de
Gestión de Recursos Públicos, señalando su OPINIÓN que “La prohibición del pago
de incentivos laborales establecida en la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, NO está referida a los servidores públicos que se encuentran con
licencia por maternidad y enfermedad”.
A la fecha de hoy no se VIENE PAGANDO dicho
incentivo laboral a los trabajadores administrativos del sector educación que
se encuentran en uso de licencia por salud y maternidad, según prescribe el
Informe Técnico N° 1397 – 2015 –
SERVIR / GPGSC de fecha 03 de diciembre del 2015, donde la Gerencia de
Políticas de Gestión del Servicio Civil SERVIR señalo en sus conclusiones que
“La Octava Disposición Transitoria del TUO de la Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, establece como condición para percibir los incentivos
laborales otorgados a través del CAFAE que el servidor sujeto al régimen del
Decreto Legislativo N" 276 perciba remuneración por labor efectuada y que
en mérito a esa condición, debido que los servidores con licencia por
enfermedad que gozan subsidios otorgados por EsSalud no perciben efectivamente
remuneración por parte de la entidad empleadora, no correspondiéndoles el pago
de los incentivos otorgados por el CAFAE”; y solo lo LOGRAREMOS con la lucha
permanente en las calles con valentía y coraje.
Nuestras constantes MOVILIZACIONES y PAROS,
convocados por nuestra gloriosa Federación Regional FERTASE – LIMA, durante los
meses de enero a noviembre del 2017 dieron RESULTADOS, LOGRANDOSE los
siguientes objetivos: El PAGO de los INTERESES LEGALES del D.U. N° 037 – 94, durante
la primera semana del mes de enero 2017; CONFORMACIÓN de la MESA de NEGOCIACIÓN
COLECTIVA entre la DRELM – FERTASE LIMA 2017, mediante la R.S.G. N° 117 – 2017 –
MINEDU; CONFORMACIÓN de la MESA de DIALOGO entre la DRELM – FERTASE LIMA 2017,
mediante R.D.R. N° 004157 – 2017 – DRELM; CONSERVACIÓN de nuestra ESTABILIDAD LABORAL
y la CONTINUIDAD de los CONTRATOS del personal administrativo en el año 2018, mediante
la MODIFICATORIA de la COMISIÓN de TRANSITO al nuevo régimen del SERVICIO CIVIL,
a través de la R.M. N° 494 – 2017 –
MINEDU que modifica la R.M. N° 326 – 2017 – MINEDU; DEVOLUCIÓN de los DESCUENTOS
INDEBIDOS de ONP del D.U. N° 037 – 94; INCLUSIÓN del INCREMENTO de la ESCALA
BASE del INCENTIVO ÚNICO de CAFAE, en el PROYECTO de LEY N° 1836 / 2017 – PE – LEY
de PRESUPUESTO PÚBLICO 2018 en su Quincuagésima Segunda Disposición
Complementaria Final, presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República
el 30 de agosto del 2017; PROPUESTAS presentadas por el MINEDU: AUMENTO de
SUELDOS y PENSIONES, INCREMENTO del INCENTIVO ÚNICO de CAFAE 2018, ENTREGA de UNIFORMES,
NOMBRAMIENTO del personal administrativo CONTRATADO, REACTIVACIÓN de la
COMISIÓN ESPECIAL para CONTINUAR con la DEVOLUCIÓN de los descuentos de ONP en
el año 2018, a EXIGENCIA de nuestra Federación Regional FERTASE – LIMA, Federación
Nacional FERTASE – PERÚ y Central sindical CONTASE.
Nuestra lucha se fortalece y progresa cada día, ya
que siempre actuamos con la verdad y sin mentiras ni engaños, a más de 10 meses
de lucha constante en las calles en el presente año 2017, hoy cobra gran
importancia para todos los trabajadores administrativos del sector educación, porque
nuestra unidad sindical nos está llevando al logro de todos nuestros objetivos,
y a la solución concreta y real de nuestras justas demandas, las que se postergaron
por todos los gobiernos de turno y que sumieron a los trabajadores
administrativos de nuestro sector, a vivir con remuneraciones míseras por
debajo del Sueldo Mínimo Vital. Esa realidad tiene que cambiar y lo será con la
participación activa de cada uno de ustedes, asumiendo su rol protagónico, en nuestro PARO NACIONAL de 24 horas, del día miércoles
22 de noviembre del 2017; nuestra lucha es justa y nadie nos asusta.
!TODOS LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR
EDUCACIÓN, JUNTOS Y UNIDOS SI PODEMOS!.
!FERTASE – LIMA Y SUS BASES LUCHANDO EN LAS CALLES
CONQUISTAN TUS DERECHOS!.
La paz de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos
ustedes.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.
Lima 09 de noviembre del 2017.
!FERTASE – LIMA, luchando en las calles conquistan tus derechos!.
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BASTA YA DE ENGAÑOS
Y MENTIRAS, TODOS TENEMOS DERECHO A SABER LA VERDAD.
Por más de 20 años, hemos SOPORTADO a los ETERNOS
DIRIGENTES, ENQUISTADOS en el CAFAE – SE, en la Derrama Administrativa de Lima,
viviendo de las Licencias Sindicales, DONACIONES de la ISP – CAFAE; convocando
a PAROS y HUELGAS de tinta y papel sin ningún resultado alguno, diciendo que
son los gloriosos, de que hablan si somos los PEORES PAGADOS del Sector
Público, por su mala dirección, y siempre manifestando su mismo discurso que
actúan sin mentiras, pero no le dicen la verdad a los pocos trabajadores
administrativos del sector educación que los acompañan en su SUPUESTA HUELGA.
Porque siempre actuamos con la verdad y sin mentiras, PUBLICAMOS para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación y del sector público, el OFICIO N° 5362 – 2017 – EF / 13.01 de fecha 02 de noviembre del 2017, mediante el cual la SECRETARIA GENERAL del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el INFORME N° 0693 – 2017 – EF / 50.06 de fecha 25 de octubre del 2017, a la SECRETARIA GENERAL de la Presidencia del Consejo de Ministros.
La paz de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos
ustedes.
Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo Nacional
FERTASE – PERÚ.
Comité Ejecutivo Nacional
CONTASE.
Comité Ejecutivo Nacional
FERTASE – PERÚ.
Comité Ejecutivo Nacional
CONTASE.
Lima 09 de noviembre del 2017.
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