FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
CONTASE Y FERTASE – LIMA, SIEMPRE LUCHANDO POR LA
DEFENSA DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS CONTRATADOS DEL
SECTOR EDUCACIÓN.
Mediante el OFICIO MÚLTIPLE N° 36 – 2018 – MINEDU /
SG – OGRH, se COMUNICA a todas las Direcciones Regionales de Educación, DRELM, UGELEs,
Escuelas e Institutos Superiores Tecnológicos – Pedagógicos, la vigencia y
cumplimiento de la Ley 24041.
1.- Los servidores públicos CONTRATADOS para labores
de naturaleza permanente, que tengan más de un año ININTERRUMPIDO de SERVICIOS,
no pueden ser CESADOS ni DESTITUIDOS, si no por las causas previstas en el Capítulo
V del Decreto Legislativo N° 276 y con sujeción al procedimiento establecido en
él, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 15° de la misma ley”.
Es decir, los trabajadores administrativos que se
encuentran CONTRATADOS en el sector educación y que hayan sido CESADOS o DESTITUIDOS
mediante los procesos de ROTACIÓN, ASCENSOS y REASIGNACIÓN 2018; se les DEBE
REPONER dentro del ámbito de las DRE, DRELM, UGELEs, Escuelas e Institutos
Superiores Tecnológicos – Pedagógicos; en una PLAZA VACANTE igual o similar al
que ocupaba antes de su cese, destitución o conclusión de contrato por
desplazamiento de personal 2018.
2.- Los trabajadores administrativos contratados del
sector educación que tengan más de un año de servicios ininterrumpidos (12
meses continuos), sus contratos deben ser renovados anualmente por el ejercicio
fiscal (del 01 de enero al 31 de diciembre), para ello las DRE, DRELM, UGELEs, Escuelas
e Institutos Superiores Tecnológicos – Pedagógicos; deberán emitir las
respectivas resoluciones de renovación de contratos, el último día del año por
fenecer (31 de diciembre).
La paz de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores Alarcon
Secretario general
FERTASE – LIMA
Cel. 974678434.
Sergio Jaime Ríos
Presidente
CONTASE.
Lima, 19 de junio del 2018.
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