FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.
Para conocimiento, análisis y acciones a desarrollar
por parte de los trabajadores administrativos del sector educación y público
del Decreto Legislativo N° 276 y trabajadores del régimen laboral general del
sector privado del Decreto Legislativo N° 713.
GOBIERNO MODIFICÓ LEY DE VACACIONES QUE AFECTARÁ A TODOS LOS
TRABAJADORES.
El día de hoy miércoles 12 de
setiembre del 2018, se ha publicado en el Diario oficial El Peruano, el D.L. N°
1405 – Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del
descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y
familiar.
El Congreso de la República,
mediante la Ley Nº 30823, ha delegado en el Poder Ejecutivo, por el plazo de
sesenta días calendario, la facultad de legislar en materia económica y
competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y
protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de
modernización de gestión del Estado; Que, el artículo 25 de la Constitución
Política del Perú dispone que los trabajadores tienen DERECHO A DESCANSO
SEMANAL Y ANUAL remunerados; debiéndose regular por ley o por convenio su
disfrute y compensación; por su parte, el artículo 40 de la Constitución
Política del Perú precisa que los derechos de los servidores públicos se
regulan por ley.
El presente Decreto Legislativo
tiene por objeto establecer regulaciones para que el disfrute del descanso
vacacional remunerado de los servidores de las entidades públicas favorezca la
conciliación de su vida laboral y familiar, contribuyendo así a la modernización
del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado.
El presente Decreto Legislativo
es aplicable a los servidores del Estado bajo cualquier régimen de contratación
laboral, especial o de carrera, incluyendo al Cuerpo de Gerentes Públicos,
salvo que se regulen por normas más favorables.
DESCANSO VACACIONAL:
Los servidores tienen derecho a
gozar de un descanso vacacional remunerado de treinta (30) días calendario por
cada año completo de servicios. La oportunidad del descanso vacacional se fija
de común acuerdo entre el servidor y la entidad. A falta de acuerdo, decide la
entidad.
El derecho a gozar del descanso
vacacional de treinta (30) días calendario por cada año completo de servicios
está condicionado a que el servidor cumpla el récord vacacional que se señala a
continuación:
Tratándose de servidores cuya
jornada ordinaria es de seis (6) días a la semana, deben haber realizado labor
efectiva al menos doscientos sesenta (260) días en dicho periodo.
Tratándose de servidores cuya
jornada ordinaria es de cinco (5) días a la semana, deben haber realizado labor
efectiva al menos doscientos diez (210) días en dicho periodo.
El cómputo del récord vacacional
será regulado por el Reglamento.
El presente Decreto Legislativo
es reglamentado por el Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo
de Ministros y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación
con la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de acuerdo al ámbito de sus
competencias, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a
partir del día siguiente de su publicación.
REGÍMENES LABORALES ESPECIALES
EN EL SECTOR PRIVADO.
Los regímenes laborales
especiales en el sector privado se regulan bajo sus propias reglas, no
resultándoles aplicable el presente Decreto Legislativo.
La gracia de nuestro Señor.
JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.
Lima, 12 de setiembre del 2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.
Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.
RESULTADO DE NUESTRO TRABAJO CONSTANTE Y DE NUESTRA LUCHA EN LAS CALLES DE MANERA PERMANENTE Y PERSEVERANTE: MODIFICATORIA
DE LA R.M. N° 639 - 2004 - ED.
El Ministerio de Educación
publicara oportunamente en el presente año 2018 una nueva resolución
modificando la R.M. N° 639 – 2004 – ED, en lo referente a las fechas de los
procesos de rotación, ascensos y reasignación, siendo dicha modificatoria de la
siguiente forma:
a). Rotación. Mes de setiembre.
b). Ascensos. Mes de octubre.
c). Reasignación. Mes de noviembre.
“El trabajador
administrativo tomara posición de cargo a partir del 01 de enero del año
siguiente”.
La mencionada Resolución entrará en vigencia a partir del
año 2019.
Este LOGRO que está por
HACERSE REALIDAD es PRODUCTO de la Negociación Colectiva firmada entre la DRELM – MINEDU
– FERTASE – LIMA 2018 – 2019, y del Convenio Colectivo suscrito entre la FERTASE PERÚ - CONTASE - MINEDU 2015, 2018 - 2019; así como del esfuerzo, trabajo y perseverancia
del Comité Ejecutivo Regional, y del sacrificio, valentía y coraje de la lucha
constante en las calles de parte de los trabajadores administrativos de la
región lima metropolitana; quienes siempre actúan pensando en el bienestar
social y laboral de todos los trabajadores administrativos nombrados y
contratados del sector educación de todo el Perú.
Ahora conque mentiras,
engaños y patrañas, saldrán a decir OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES que ellos
también lo han logrado, cuando en realidad solo están buscando mantener sus
propios intereses personales, económicos y políticos, y seguir ENQUISTADOS en
el CAFAE – SE y Derrama Administrativa de Lima; disfrutando placenteramente de
licencia sindical por toda la eternidad; convocando a movilizaciones, paros y
huelgas de tinta y papel sin ningún resultado alguno en beneficio de todos los
trabajadores administrativos del sector educación.
La gracia de nuestro Señor.
JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Blas Suarez Chirinos
Secretario General
FERTASE – PERÚ.
Sergio Jaime Ríos
Presidente
CONTASE.
Lima, 08 de setiembre del
2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.
Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.
UNA
VEZ MÁS SE MODIFICA EL CLASIFICADOR DE CARGOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Mediante la R.M. N° 482 – 2018 – MINEDU de fecha 06 de setiembre del 2018, publicada
el día de hoy viernes 07 de setiembre del año en curso en el Diario Oficial "El Peruano"; se RESUELVE: Modificar
el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado por la
Resolución Ministerial N° 0091 – 2012 – ED, a fin de actualizar la clasificación
de los cargos directivos existentes en el Ministerio de Educación, conforme a
los términos señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
La gracia de nuestro Señor.
JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Lima, 07 de setiembre del 2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
SE INICIO EL DEBATE DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO PÚBLICO 2019 EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN Y
DEL SECTOR PÚBLICO, AÑO TRAS AÑO SOMETIDOS A LEYES DE PRESUPUESTOS DE HAMBRE,
MIENTRAS LA CORRUPCIÓN Y LAS GRANDES EMPRESAS SE LLEVAN DINERO DEL PERÚ A MANOS
LLENAS. MUCHA INJUSTICIA.
FERTASE – LIMA,
felicita la intervención del Congresista Yonhy Lescano Ancieta, quien luego de
diversas coordinaciones con nuestra federación regional, intervino en la sesión
del Pleno del Congreso de la República del día jueves 06 de setiembre del 2018
a favor del personal administrativo del sector educación:
Nuestra gloriosa
FERTASE – LIMA, FERTASE - PERÚ y CONTASE, iniciaron su lucha Política sindical
en el Congreso de la República, a fin de lograr el incremento de nuestras remuneraciones;
nombramiento de los trabajadores administrativos contratados; transferencia de
una parte de nuestro incentivo único a nuestra remuneración en forma
pensionable; incremento de la escala base del incentivo único para el año 2019;
otorgamiento de una compensación económica de 10 remuneraciones mínimas vitales
al momento del cese en el servicio para el año 2019 y en adelante.
!Viva la Fertase –
Lima y sus Bases!
La gracia de
nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores
Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Blas Suarez
Chirinos
Secretario General
FERTASE - PERÚ.
Sergio Jaime Ríos
Presidente
CONTASE.
Lima 06 de
setiembre del 2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
DEUDA DE DEVENGADOS E INTERESES LEGALES POR LEY DEL
D.U. N° 037 - 94, ES DE S/. 16´730,241.07 MILLONES DE SOLES, Y BENEFICIARA A 2,814 TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LA REGIÓN LIMA METROPOLITANA QUE ESTÁN PENDIENTES DE PAGO DESDE EL AÑO 2015, 2016 Y 2017.
Producto de las
constantes luchas en las calles de la gloriosa FERTASE – LIMA y sus bases,
estamos a un paso de hacer realidad el pago de los devengados e intereses
legales del D.U. N° 037 – 94 por ley. Razón por la cual les COMUNICAMOS que la
Oficina General de Recursos Humanos (OGRH) del MINEDU, luego de haber validado ante la
RENIEC la relación de beneficiarios remitidas por las UGELEs del Pliego 010 –
Lima Metropolitana, ha derivado el 04 de setiembre del 2018 a la Secretaria
General del Ministerio de Educación mediante el OFICIO N° 2075 – 2018 – MINEDU
/ SG – OGRH y el INFORME N° 653 – 2018 – MINEDU / SG – OGRH – OGEPER que, incluye
a los beneficiarios de los intereses legales del D.U. N° 037 – 94, de la UGEL
N° 1,2, 3, 4, 5, 6 y 7; la Sede Central del Ministerio de Educación; la
Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; la Escuela Nacional
Superior de Folklore; la Escuela Nacional de Bellas Artes y el Instituto
Pedagógico Nacional Monterrico, reconocidos en el ejercicio presupuesta! 2017,
a fin de que la alta dirección del MINEDU “Secretaria General” se sirva
disponer la posibilidad del financiamiento para el pago de los intereses
legales del D.U. N° 037 – 94.
La gracia de
nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores
Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo
Regional
FERTASE – LIMA.
Lima, 05 de
setiembre del 2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
A FINES DEL MES DE OCTUBRE Y EN EL MES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2018, EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, HARÁ LA DEVOLUCIÓN DE LOS DESCUENTOS INDEBIDOS DE CARGA SOCIAL ONP DEL
D.U. N° 037 - 94.
Mediante la
presente les comunicamos que producto de las diferentes acciones de lucha
desarrolladas en el frontis del Ministerio de Economía y de las diversas
reuniones sostenidas por nuestra gloriosa Federación Regional FERTASE - LIMA, Federación Nacional FERTASE - PERÚ y Central sindical CONTASE con los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, y los miembros de la Comisión Especial; les
INFORMAMOS que la citada comisión reactivada mediante el Decreto Supremo N° 003
– 2018 – EF, recién emitirá su INFORME FINAL el 23 de octubre del 2018, es
decir que se estará DEVOLVIENDO el dinero indebidamente descontado por concepto de
ONP del Decreto de Urgencia N° 037 – 94, a fines del mes de octubre, y en el mes de noviembre y diciembre del año 2018; conforme lo
establece el CRONOGRAMA DEL D.S. N° 003 – 2018 – EF:
FASES:
a.- Publicación
del D.S. N° 003 – 2018 – EF.
10 de enero
2018.
b.- Acreditación
de los representantes de la Comisión Especial (1).
Del 11 al 24 de
enero 2018 (10 días hábiles).
c.- Instalación
de la Comisión Especial (2).
Del 25 de enero
al 01 de febrero 2018 (06 días hábiles).
d.- Plazos para
la presentación de información a la comisión especial; a través de la
secretaria técnica físico y magnético (3).
Del 11 de enero
al 23 de abril 2018 (70 días hábiles).
e.- Comisión
especial evalúa, cuantifica el monto total de la devolución, propone las recomendaciones
para la devolución y establece los lineamientos – Emisión del Informe Final /
Fin de funciones (4).
Del 01 de
febrero al 23 de octubre 2018 (180 días hábiles).
NOTA:
(1) Artículo 2°
del D.S. N° 003 – 2018 – EF.
(2) Artículo 2°
del D.S. N° 003 – 2018 – EF.
(3) Numeral 3.1
inciso “c” del anexo del D.S. N° 003 – 2018 – EF.
(4) Artículo 1°
del D.S. N° 003 – 2018 – EF.
La gracia de
nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.
Edward Flores
Alarcon
Secretario
General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo
Regional
FERTASE – LIMA.
Lima, 28 de
agosto del 2018.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS UNA VEZ MÁS SE BURLA DE TODOS LOS
TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS Y DEL SECTOR PÚBLICO.
Lima, 27 de agosto del 2018 a
horas 7:20 pm: Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2019 no incluye beneficios económicos para el personal administrativo
del sector educación, de que valió tanto conversar y dialogar sino somos
tomados en cuenta:
a.- No habrá aumento de SUELDOS
ni INCENTIVO ÚNICO de CAFAE para el año 2019.
b.- No habrá NOMBRAMIENTO del
personal administrativo del sector educación en el ejercicio fiscal 2019.
c.- No habrá entrega de UNIFORMES
ni SUPLEMENTO ALIMENTARIO.
d.- No habrá entrega ECONÓMICA
por ÚNICA vez, equivalente a 10 remuneraciones mínimas vigentes al momento del
cese en el servicio en el ejercicio presupuestal 2019.
e.- No habrá TRANSFERENCIA de una
parte del INCENTIVO ÚNICO de CAFAE a nuestras remuneraciones en forma
pensionable.
SI SE HAN CONSIDERADO dos PUNTOS
de nuestras justas demandas presentadas oportunamente por la FERTASE – LIMA y
el Ministerio de Educación ante el Ministerio de Economía y Finanzas:
Proyecto de Ley de Presupuesto
2019.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
DUODÉCIMA. Continuación de
proceso de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa
juzgada.
DÉCIMA CUARTA. Reactívese la
Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria
Final de la Ley 30372, a fin de continuar con el proceso de evaluación y
cuantificación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos
presupuestarios hubieren descontado respecto a la bonificación a que se refiere
el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037 – 94.
El Proyecto de Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2019, será presentado por el Poder
Ejecutivo al Congreso de la República el día jueves 29 de agosto del 2018, el
cual asciende a más de S/ 168 mil millones de soles, un 5% más respecto al
Presupuesto Público del 2018.
Compañeros trabajadores
administrativos del sector educación, el Proyecto de Ley de Presupuesto 2019
refleja que la negociación colectiva entre nuestra Central sindical CONTASE,
los funcionarios del MINEDU y el Ministro de Educación, NO ha SURTIDO los
“exitosos resultados” que esperábamos todos los servidores administrativos.
Esto demuestra que la “GESTIÓN
RESPONSABLE” de parte de los dirigentes y la Paz Laboral nunca les rendirán
frutos a los trabajadores administrativos.
Si queremos conquistar nuevos
derechos y mejoras para el próximo año 2019, es necesario que INICIEMOS la
LUCHA en las CALLES, mediante la toma de locales públicos y el inicio de una
HUELGA NACIONAL INDEFINIDA; y al mismo tiempo una constante y perseverante
labor POLÍTICA en el Congreso de la República.
Lastimosamente, los trabajadores
administrativos no toman conciencia de la caótica situación económica en la que
nos encontramos, lo que demuestra que pese a que cada vez se agrava más nuestra
situación, NO tienen real INTERÉS en DESPLEGAR ACCIONES bien PLANIFICADAS y
UNITARIAS.
Si no cambian de actitud, si no
adquieren interés y no dejan de lado su conformismo; los servidores
administrativos del sector educación nos veremos perjudicados durante muchísimos
años más.
No todo está perdido; si nos
unimos todos los trabajadores administrativos y salimos contundentemente a las
calles, conseguiremos que nuestras justas demandas sean incorporadas por el
Congreso de la República en el Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2019.
La fe, confianza y esperanza en
DIOS jamás debemos perderla. La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con
todos vosotros.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.
Lima, 27 de agosto del 2018.
Hacer clic
para descargar el Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2019. https://1drv.ms/b/s!AsfEKrpum7d0hRGmBHqP-aOlhMmR
!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.
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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!
CONTUNDENTE
MOVILIZACIÓN CON PLANTÓN EN EL FRONTIS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 23 DE AGOSTO 2018.
Como es de conocimiento
público el pasado 23 de agosto del 2018, cientos de trabajadores
administrativos de la Región Lima Metropolitana se concentraron en la Iglesia
“San Francisco”, y luego marcharon por las calles de Lima; finalmente
realizaron una contundente Movilización con Plantón en el Frontis del
Ministerio de Economía y Finanzas, ingresando una comisión; la cual fue
recibida por los funcionarios de la Dirección General de Presupuesto Público de
dicho Ministerio.
Esta acción de lucha
sindical contundente y perseverante, logro que nuestros dirigentes sustentaran
técnica y legalmente las propuestas planteadas por nuestra gloriosa FERTASE –
LIMA, mediante el Expediente N° 124745 y 132407 – 2018 y las remitidas por el
Minedu a través del Expediente N° 132407 – 2018 y Oficio N° 03945 – 2018 –
MINEDU / SG; ante los funcionarios de la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas; con el fin de que sean
incorporadas en el Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2019, demandas
planteadas;
1.- Incremento de nuestras
remuneraciones e incentivo único de cafae.
2.- Nombramiento de los
trabajadores administrativos contratados.
3.- Reactivación de la
Comisión Especial para la devolución de los descuentos indebidos de ONP del
D.U. N° 037 - 94.
4.- Continuación de proceso
de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.
5.- Entrega de uniformes y
suplemento alimentario.
6.- Entrega económica por
única vez equivalente a 10 remuneraciones mínimas vigentes al momento del cese
en el servicio.
7.- Transferencia de una
parte del incentivo único de cafae a nuestras remuneraciones en forma
pensionable.
8.- Otorgamiento de una
bonificación de S/. 500.00 (Quinientos soles) a favor del personal
administrativo del sector educación, sujetos al régimen laboral del Decreto
Legislativo N° 276 por única vez, hasta que se implemente el régimen de la ley
del servicio civil.
9.- autorizase al Ministerio
de Economía y Finanzas a realizar un estudio de los ingresos del personal
administrativo del sector educación, a fin de determinar una ESCALA
REMUNERATIVA que sea acorde con los ingresos de los demás trabajadores de la
comunidad educativa del sector, hasta que se implemente el régimen de la ley
del servicio civil.
Finalmente, luego de ser
escuchados, las partes acordamos que el día lunes 27 de agosto del 2018, en
horas de la tarde, nuestros dirigentes de la FERTASE – LIMA, FERTASE – PERÚ y
CONTASE, serán nuevamente recibidos por los funcionarios de la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; con el
fin de que se nos dé respuesta de la inclusión o no, de nuestras justas
demandas en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2019.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.
Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.
Lima, 23 de agosto del 2018.
!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.
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