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miércoles, 12 de septiembre de 2018

Los débiles no luchan. Los más fuertes quizás luchen una hora. Los que aún son más fuertes, luchan unos años. Pero los más fuertes de todos, luchan toda su vida, éstos son los indispensables.

FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

Para conocimiento, análisis y acciones a desarrollar por parte de los trabajadores administrativos del sector educación y público del Decreto Legislativo N° 276 y trabajadores del régimen laboral general del sector privado del Decreto Legislativo N° 713.

GOBIERNO MODIFICÓ LEY DE VACACIONES QUE AFECTARÁ A TODOS LOS TRABAJADORES.
El día de hoy miércoles 12 de setiembre del 2018, se ha publicado en el Diario oficial El Peruano, el D.L. N° 1405Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar.

El Congreso de la República, mediante la Ley Nº 30823, ha delegado en el Poder Ejecutivo, por el plazo de sesenta días calendario, la facultad de legislar en materia económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de gestión del Estado; Que, el artículo 25 de la Constitución Política del Perú dispone que los trabajadores tienen DERECHO A DESCANSO SEMANAL Y ANUAL remunerados; debiéndose regular por ley o por convenio su disfrute y compensación; por su parte, el artículo 40 de la Constitución Política del Perú precisa que los derechos de los servidores públicos se regulan por ley.

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado de los servidores de las entidades públicas favorezca la conciliación de su vida laboral y familiar, contribuyendo así a la modernización del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado.

El presente Decreto Legislativo es aplicable a los servidores del Estado bajo cualquier régimen de contratación laboral, especial o de carrera, incluyendo al Cuerpo de Gerentes Públicos, salvo que se regulen por normas más favorables.

DESCANSO VACACIONAL:

Los servidores tienen derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de treinta (30) días calendario por cada año completo de servicios. La oportunidad del descanso vacacional se fija de común acuerdo entre el servidor y la entidad. A falta de acuerdo, decide la entidad.

El derecho a gozar del descanso vacacional de treinta (30) días calendario por cada año completo de servicios está condicionado a que el servidor cumpla el récord vacacional que se señala a continuación:

Tratándose de servidores cuya jornada ordinaria es de seis (6) días a la semana, deben haber realizado labor efectiva al menos doscientos sesenta (260) días en dicho periodo.

Tratándose de servidores cuya jornada ordinaria es de cinco (5) días a la semana, deben haber realizado labor efectiva al menos doscientos diez (210) días en dicho periodo.

El cómputo del récord vacacional será regulado por el Reglamento.

El presente Decreto Legislativo es reglamentado por el Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de acuerdo al ámbito de sus competencias, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación.

REGÍMENES LABORALES ESPECIALES EN EL SECTOR PRIVADO.

Los regímenes laborales especiales en el sector privado se regulan bajo sus propias reglas, no resultándoles aplicable el presente Decreto Legislativo.

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.

Lima, 12 de setiembre del 2018.




!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.

RESULTADO DE NUESTRO TRABAJO CONSTANTE Y DE NUESTRA LUCHA EN LAS CALLES DE MANERA PERMANENTE Y PERSEVERANTE: MODIFICATORIA 
DE LA R.M. N° 639 - 2004 - ED.

El Ministerio de Educación publicara oportunamente en el presente año 2018 una nueva resolución modificando la R.M. N° 639 – 2004 – ED, en lo referente a las fechas de los procesos de rotación, ascensos y reasignación, siendo dicha modificatoria de la siguiente forma:
a). Rotación.  Mes de setiembre.
b). Ascensos.  Mes de octubre.
c). Reasignación.  Mes de noviembre.

“El trabajador administrativo tomara posición de cargo a partir del 01 de enero del año siguiente”.

La mencionada Resolución entrará en vigencia a partir del año 2019.

Este LOGRO que está por HACERSE REALIDAD es PRODUCTO de la Negociación Colectiva firmada entre la DRELM – MINEDU – FERTASE – LIMA 2018 – 2019, y del Convenio Colectivo suscrito entre la FERTASE PERÚ - CONTASE - MINEDU 2015, 2018 - 2019; así como del esfuerzo, trabajo y perseverancia del Comité Ejecutivo Regional, y del sacrificio, valentía y coraje de la lucha constante en las calles de parte de los trabajadores administrativos de la región lima metropolitana; quienes siempre actúan pensando en el bienestar social y laboral de todos los trabajadores administrativos nombrados y contratados del sector educación de todo el Perú.

Ahora conque mentiras, engaños y patrañas, saldrán a decir OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES que ellos también lo han logrado, cuando en realidad solo están buscando mantener sus propios intereses personales, económicos y políticos, y seguir ENQUISTADOS en el CAFAE – SE y Derrama Administrativa de Lima; disfrutando placenteramente de licencia sindical por toda la eternidad; convocando a movilizaciones, paros y huelgas de tinta y papel sin ningún resultado alguno en beneficio de todos los trabajadores administrativos del sector educación.

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Blas Suarez Chirinos
Secretario General
FERTASE – PERÚ.

Sergio Jaime Ríos
Presidente
CONTASE.

Lima, 08 de setiembre del 2018.










!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú.

UNA VEZ MÁS SE MODIFICA EL CLASIFICADOR DE CARGOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Mediante la R.M. N° 482 – 2018 – MINEDU de fecha 06 de setiembre del 2018, publicada el día de hoy viernes 07 de setiembre del año en curso en el Diario Oficial "El Peruano"; se RESUELVE: Modificar el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0091 – 2012 – ED, a fin de actualizar la clasificación de los cargos directivos existentes en el Ministerio de Educación, conforme a los términos señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Lima, 07 de setiembre del 2018.













!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

SE INICIO EL DEBATE DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO PÚBLICO 2019 EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.

LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN Y DEL SECTOR PÚBLICOAÑO TRAS AÑO SOMETIDOS A LEYES DE PRESUPUESTOS DE HAMBRE, MIENTRAS LA CORRUPCIÓN Y LAS GRANDES EMPRESAS SE LLEVAN DINERO DEL PERÚ A MANOS LLENAS. MUCHA INJUSTICIA.

FERTASE – LIMA, felicita la intervención del Congresista Yonhy Lescano Ancieta, quien luego de diversas coordinaciones con nuestra federación regional, intervino en la sesión del Pleno del Congreso de la República del día jueves 06 de setiembre del 2018 a favor del personal administrativo del sector educación:

Nuestra gloriosa FERTASE – LIMA, FERTASE - PERÚ y CONTASE, iniciaron su lucha Política sindical en el Congreso de la República, a fin de lograr el incremento de nuestras remuneraciones; nombramiento de los trabajadores administrativos contratados; transferencia de una parte de nuestro incentivo único a nuestra remuneración en forma pensionable; incremento de la escala base del incentivo único para el año 2019; otorgamiento de una compensación económica de 10 remuneraciones mínimas vitales al momento del cese en el servicio para el año 2019 y en adelante.

!Viva la Fertase – Lima y sus Bases!

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Blas Suarez Chirinos
Secretario General
FERTASE - PERÚ.

Sergio Jaime Ríos
Presidente
CONTASE.

Lima 06 de setiembre del 2018.


!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de la Región Lima Metropolitana.

DEUDA DE DEVENGADOS E INTERESES LEGALES POR LEY DEL 
D.U. N° 037 - 94, ES DE S/. 16´730,241.07 MILLONES DE SOLES, Y BENEFICIARA A 2,814 TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LA REGIÓN LIMA METROPOLITANA QUE ESTÁN PENDIENTES DE PAGO DESDE EL AÑO 2015, 2016 Y 2017.
Producto de las constantes luchas en las calles de la gloriosa FERTASE – LIMA y sus bases, estamos a un paso de hacer realidad el pago de los devengados e intereses legales del D.U. N° 037 – 94 por ley. Razón por la cual les COMUNICAMOS que la Oficina General de Recursos Humanos (OGRH) del MINEDU, luego de haber validado ante la RENIEC la relación de beneficiarios remitidas por las UGELEs del Pliego 010 – Lima Metropolitana, ha derivado el 04 de setiembre del 2018 a la Secretaria General del Ministerio de Educación mediante el OFICIO N° 2075 – 2018 – MINEDU / SG – OGRH y el INFORME N° 653 – 2018 – MINEDU / SG – OGRH – OGEPER que, incluye a los beneficiarios de los intereses legales del D.U. N° 037 – 94, de la UGEL N° 1,2, 3, 4, 5, 6 y 7; la Sede Central del Ministerio de Educación; la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; la Escuela Nacional Superior de Folklore; la Escuela Nacional de Bellas Artes y el Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, reconocidos en el ejercicio presupuesta! 2017, a fin de que la alta dirección del MINEDU “Secretaria General” se sirva disponer la posibilidad del financiamiento para el pago de los intereses legales del D.U. N° 037 – 94.

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.

Lima, 05 de setiembre del 2018.






!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

Para conocimiento de todos los trabajadores administrativos del sector educación de todo el Perú y servidores del sector público.

A FINES DEL MES DE OCTUBRE Y EN EL MES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2018, EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, HARÁ LA DEVOLUCIÓN DE LOS DESCUENTOS INDEBIDOS DE CARGA SOCIAL ONP DEL 
D.U. N° 037 - 94.

Mediante la presente les comunicamos que producto de las diferentes acciones de lucha desarrolladas en el frontis del Ministerio de Economía y de las diversas reuniones sostenidas por nuestra gloriosa Federación Regional FERTASE - LIMA, Federación Nacional FERTASE - PERÚ y Central sindical CONTASE con los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, y los miembros de la Comisión Especial; les INFORMAMOS que la citada comisión reactivada mediante el Decreto Supremo N° 003 – 2018 – EF, recién emitirá su INFORME FINAL el 23 de octubre del 2018, es decir que se estará DEVOLVIENDO el dinero indebidamente descontado por concepto de ONP del Decreto de Urgencia N° 037 – 94, a fines del mes de octubre, y en el mes de noviembre y diciembre del año 2018; conforme lo establece el CRONOGRAMA DEL D.S. N° 003 – 2018 – EF:

FASES:

a.- Publicación del D.S. N° 003 – 2018 – EF.

10 de enero 2018.

b.- Acreditación de los representantes de la Comisión Especial (1).

Del 11 al 24 de enero 2018 (10 días hábiles).

c.- Instalación de la Comisión Especial (2).

Del 25 de enero al 01 de febrero 2018 (06 días hábiles).

d.- Plazos para la presentación de información a la comisión especial; a través de la secretaria técnica físico y magnético (3).

Del 11 de enero al 23 de abril 2018 (70 días hábiles).

e.- Comisión especial evalúa, cuantifica el monto total de la devolución, propone las recomendaciones para la devolución y establece los lineamientos – Emisión del Informe Final / Fin de funciones (4).

Del 01 de febrero al 23 de octubre 2018 (180 días hábiles).

NOTA: 
(1) Artículo 2° del D.S. N° 003 – 2018 – EF.

(2) Artículo 2° del D.S. N° 003 – 2018 – EF.

(3) Numeral 3.1 inciso “c” del anexo del D.S. N° 003 – 2018 – EF.

(4) Artículo 1° del D.S. N° 003 – 2018 – EF.

La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.

Lima, 28 de agosto del 2018.




!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS UNA VEZ MÁS SE BURLA DE TODOS LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS Y DEL SECTOR PÚBLICO.

Lima, 27 de agosto del 2018 a horas 7:20 pm: Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 no incluye beneficios económicos para el personal administrativo del sector educación, de que valió tanto conversar y dialogar sino somos tomados en cuenta:

a.- No habrá aumento de SUELDOS ni INCENTIVO ÚNICO de CAFAE para el año 2019.

b.- No habrá NOMBRAMIENTO del personal administrativo del sector educación en el ejercicio fiscal 2019.

c.- No habrá entrega de UNIFORMES ni SUPLEMENTO ALIMENTARIO.

d.- No habrá entrega ECONÓMICA por ÚNICA vez, equivalente a 10 remuneraciones mínimas vigentes al momento del cese en el servicio en el ejercicio presupuestal 2019.

e.- No habrá TRANSFERENCIA de una parte del INCENTIVO ÚNICO de CAFAE a nuestras remuneraciones en forma pensionable.

SI SE HAN CONSIDERADO dos PUNTOS de nuestras justas demandas presentadas oportunamente por la FERTASE – LIMA y el Ministerio de Educación ante el Ministerio de Economía y Finanzas:

Proyecto de Ley de Presupuesto 2019.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

DUODÉCIMA. Continuación de proceso de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.

DÉCIMA CUARTA. Reactívese la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30372, a fin de continuar con el proceso de evaluación y cuantificación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la bonificación a que se refiere el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037 – 94.

El Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, será presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República el día jueves 29 de agosto del 2018, el cual asciende a más de S/ 168 mil millones de soles, un 5% más respecto al Presupuesto Público del 2018.

Compañeros trabajadores administrativos del sector educación, el Proyecto de Ley de Presupuesto 2019 refleja que la negociación colectiva entre nuestra Central sindical CONTASE, los funcionarios del MINEDU y el Ministro de Educación, NO ha SURTIDO los “exitosos resultados” que esperábamos todos los servidores administrativos.

Esto demuestra que la “GESTIÓN RESPONSABLE” de parte de los dirigentes y la Paz Laboral nunca les rendirán frutos a los trabajadores administrativos.

Si queremos conquistar nuevos derechos y mejoras para el próximo año 2019, es necesario que INICIEMOS la LUCHA en las CALLES, mediante la toma de locales públicos y el inicio de una HUELGA NACIONAL INDEFINIDA; y al mismo tiempo una constante y perseverante labor POLÍTICA en el Congreso de la República.

Lastimosamente, los trabajadores administrativos no toman conciencia de la caótica situación económica en la que nos encontramos, lo que demuestra que pese a que cada vez se agrava más nuestra situación, NO tienen real INTERÉS en DESPLEGAR ACCIONES bien PLANIFICADAS y UNITARIAS.

Si no cambian de actitud, si no adquieren interés y no dejan de lado su conformismo; los servidores administrativos del sector educación nos veremos perjudicados durante muchísimos años más.

No todo está perdido; si nos unimos todos los trabajadores administrativos y salimos contundentemente a las calles, conseguiremos que nuestras justas demandas sean incorporadas por el Congreso de la República en el Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

La fe, confianza y esperanza en DIOS jamás debemos perderla. La gracia de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos vosotros.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.

Lima, 27 de agosto del 2018.

Hacer clic para descargar el Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2019. https://1drv.ms/b/s!AsfEKrpum7d0hRGmBHqP-aOlhMmR








!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.


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FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos une!

CONTUNDENTE MOVILIZACIÓN CON PLANTÓN EN EL FRONTIS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 23 DE AGOSTO 2018.

Como es de conocimiento público el pasado 23 de agosto del 2018, cientos de trabajadores administrativos de la Región Lima Metropolitana se concentraron en la Iglesia “San Francisco”, y luego marcharon por las calles de Lima; finalmente realizaron una contundente Movilización con Plantón en el Frontis del Ministerio de Economía y Finanzas, ingresando una comisión; la cual fue recibida por los funcionarios de la Dirección General de Presupuesto Público de dicho Ministerio.

Esta acción de lucha sindical contundente y perseverante, logro que nuestros dirigentes sustentaran técnica y legalmente las propuestas planteadas por nuestra gloriosa FERTASE – LIMA, mediante el Expediente N° 124745 y 132407 – 2018 y las remitidas por el Minedu a través del Expediente N° 132407 – 2018 y Oficio N° 03945 – 2018 – MINEDU / SG; ante los funcionarios de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; con el fin de que sean incorporadas en el Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2019, demandas planteadas;

1.- Incremento de nuestras remuneraciones e incentivo único de cafae.

2.- Nombramiento de los trabajadores administrativos contratados.

3.- Reactivación de la Comisión Especial para la devolución de los descuentos indebidos de ONP del D.U. N° 037 - 94.

4.- Continuación de proceso de atención de pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.

5.- Entrega de uniformes y suplemento alimentario.

6.- Entrega económica por única vez equivalente a 10 remuneraciones mínimas vigentes al momento del cese en el servicio.

7.- Transferencia de una parte del incentivo único de cafae a nuestras remuneraciones en forma pensionable.

8.- Otorgamiento de una bonificación de S/. 500.00 (Quinientos soles) a favor del personal administrativo del sector educación, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 por única vez, hasta que se implemente el régimen de la ley del servicio civil.

9.- autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar un estudio de los ingresos del personal administrativo del sector educación, a fin de determinar una ESCALA REMUNERATIVA que sea acorde con los ingresos de los demás trabajadores de la comunidad educativa del sector, hasta que se implemente el régimen de la ley del servicio civil.

Finalmente, luego de ser escuchados, las partes acordamos que el día lunes 27 de agosto del 2018, en horas de la tarde, nuestros dirigentes de la FERTASE – LIMA, FERTASE – PERÚ y CONTASE, serán nuevamente recibidos por los funcionarios de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; con el fin de que se nos dé respuesta de la inclusión o no, de nuestras justas demandas en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2019.

Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA.

Comité Ejecutivo Regional
FERTASE – LIMA.

Lima, 23 de agosto del 2018.




!FERTASE – LIMA LA FUERZA QUE NOS UNE!.

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