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lunes, 22 de abril de 2013

25 DE ABRIL JORNADA DE LUCHA NACIONAL ESTATAL PLAZA DOS DE MAYO 9:30 a.m

FERTASE-LIMA METROPOLITANA
¡POR RECHAZO TOTAL AL PROYECTO DE LEY DEL SERVICIO CIVIL!



¡¡ NUESTRA JORNADA DE LUCHA NO HA CONCLUÍDO...!!!

DESPUES DE DIVERSAS ACCIONES DE LUCHA, LA FERTASE LIMA METROPOLITANA LOGRA QUE EL MINISTERIO DE EDUCACION EMITA LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184 - 2013 - ED DE FECHA 19 DE ABRIL DEL 2013. CON DICHA RESOLUCION SE APRUEBA LA NUEVA ESCALA BASE DE CAFAE O INCENTIVO UNICO QUE PERMITE A TODOS LOS TRABAJADORES DE LAS SEDES ADMINISTRATIVAS Y INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA REGION LIMA METROPOLITANA  PERSONAL INCURSO EN EL D.L. 276, QUEDANDO PENDIENTE QUE EL MEF EMITA EL DECRETO SUPREMO PARA EL PAGO DEL INCENTIVO UNICO DEL CAFAE, A FIN DE NIVELAR SUS INCENTIVOS EN 450 SOLES (TECNICOS Y AUXILIARES), 600 SOLES (PROFESIONALES) y 700 SOLES (FUNCIONARIOS).

ASI SEGUIMOS DEMOSTRANDO QUE TRABAJAMOS EN FUNCION DE TODOS LOS TRABAJADORES SIN EXCEPCION. LA LUCHA CONTINUA Y TODOS LOS TRABAJADORES DE LAS BASE DE LIMA LO SABES PORQUE LA DIRIGENCIA DE LA FERTASE-LIMA TINE EL FIEL COMPROMISO DE SEGUIR BREGANDO EN LA LUCHA POR CONSEGUIR QUE SE RESPETEN LOS DERECHOS ADQUIRIDOS Y NO DESCANSAREMOS EN LOGRA NUESTROS OBJETIVOS ASUMIDOS CON LA CLASE TRABAJADORA.

ESTA VICTORIA ES MOMENTANEA NO HA CONCLUIDO AHORA SEGUIREMOS LUCHANDO POR CONSEGUIR QUE EL MED NOS PAGUE LA DEUDA DE JUNIO A DICIEMBRE 2012 Y DE ENERO A MARZO 2013.

!SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!.

 
FERTASE-LIMA METROPOLITANA
¡POR RECHAZO TOTAL AL PROYECTO DE LEY DEL SERVICIO CIVIL!


¡¡ NUESTRA JORNADA DE LUCHA NO HA CONCLUÍDO...!!!
 

25 DE  ABRIL JORNADA DE LUCHA NACIONAL ESTATAL
PLAZA DOS DE MAYO 9:30 a.m


El Comité Ejecutivo de la Federación Regional de Trabajadores del Sector Educación, (FENTASE-REGION-LIMA), afiliada a la CTE-PERU y CGTP, saluda fervorosamente a los afiliados de las diferentes bases de Lima Metropolitana, a todos los trabajadores  leales y consecuentes de nuestra gloriosa Federación Regional.
 El motivo de la presente es para convocarlo  a la JORNADA NACIONAL DE LUCHA ESTATAL a llevarse a cabo el díaJueves25 de Abril del 2013 a horas 9:30 a.m (hora Exacta) en la Plaza 2 de Mayo, dicha convocatoria es según el acuerdo adoptado por la CTE - PERU y la CITE, con la correcta dirección de la CGTP, en rechazo al Proyecto de Ley del Servicio Civil que atenta y pisotea los derechos adquiridos de los trabajadores estatales del MED, DRELM, UGELES e I.E. NO INCLUYE LA ESTABILIDAD LABORAL NI LOS DERECHOS ECONOMICOS Y SINDICALES QUE SE HA ADQUIRIDO, dentro de estas consideraciones la FERTASE-LIMA, continua apostando por lograr la ansiada UNIDAD, si la unidad en la lucha y hemos asistido a las diferentes convocatorias de la CGTP por lograr hacer acciones en forma conjunta y unitaria y en ese contexto se ha logrado establecer las coordinaciones con las centrales representativas de la CTE-PERU y la CITE en la Jornada Nacional de Lucha estatal. Ya lo hemos manifestado desde el 2012 en los diferentes eventos en el cual nuestras bases informaron que este proyecto de ley que elimina:

1-El Proyecto de Ley se da en el marco de la actual Constitución, es decir sin cambiar el modelo de Estado. La actual coyuntura exige modificar la estructura organizacional, para mejorar la eficacia en los Servicios Públicos y para acercar y hacer más fluida la relación Estado-Nación.
Este Proyecto se presenta en el marco de un mundo globalizado y liberalizado, que ha hecho que se rompan conceptos de lo propio, lo nacional o lo particular, de ahí la presencia de algunos nuevos conceptos y términos en lo que es el Empleo y Función Pública.
2-El Proyecto Ley constituye un Nuevo Régimen Laboral del Sector Publico, ya que no plantea la derogación directa de los otros Regímenes Laborales. Para ingresar al Servicio Civil se postula, renunciando al régimen que procede.
3-El eje de este Proyecto de Ley es el cuestionado DL 28175 -Ley Marco del Empleo Público- y no el DL 276. Si bien es cierto que una vez reglamentada la Ley se deroga, también es cierto que sus principios se mantienen.
4-El Referido Proyecto tiene visos de Inconstitucionalidad, fundamentalmente en lo relacionado al Capítulo IV De la Función Pública. 39º, 40º, 41º y los Artículos 23º 28º 29º 55º y 62º de la Actual Constitución.
5-Contraviene los Tratados y Convenios Internacionales que reconocen derechos a los empleados públicos, puestos que son normas jurídicas válidas y vinculantes dentro de nuestro ordenamiento jurídico nacional. El Tribunal Constitucional señala que para interpretación de los derechos y libertades que la Constitución consagra en materia laboral, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 9º del convenio 87º relativo a la libertad sindical y protección del derecho de sindicación; por el artículo 8º del Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales; y por el artículo 8º del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales o Culturales o Protocolo de San Salvador, entre otros como el Convenio 151º OIT, relativo a la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones del empleo en la administración pública.
6-EL Proyecto de Ley al igual que los Decretos Legislativos que se dieron en el marco del Acuerdo Comercial con EE.UU, pretende regularizar el desorden promoviendo un sistema para la Administración Pública de carácter Mixto, en la que converjan diversos regímenes laborales y modalidades de empleo, colocando en evidente riesgo la Carrera Administrativa.
7-Se pretende alcanzar un Régimen Laboral Único en la administración pública, esto implica la desaparición “coactiva” de los Regímenes Laborales 276, 728 y 1057 en el corto plazo. So pretexto de avanzar al régimen se vulnera los derechos alcanzados por los servidores de los diversos regímenes laborales.
8-En relación a los derechos individuales y colectivos estos no son plenos y en algunos casos son excluyentes.
9-Se promueve modalidades de empleo que van contra la estabilidad laboral y el Trabajo Digno o Decente (empleo con derechos plenos), tales como la Tercerización para las actividades complementarias.
10-En nombre de la Meritocracia y la Eficiencia se da énfasis a los Sistemas y a la Gestión Pública, para ello se han establecido entre otros las evaluaciones anuales para todos los servidores, con el consiguiente despido para todos aquellos que sean declarados como servidores de “ineficiencia comprobada”.
11-Se establecen nuevos grupos Ocupacionales: Funcionario Público, Directivo Público, Servidor Civil de Carrera, Servidor de actividades complementarias. Así mismo se incluyen a los Servidores de confianza.
12-En cuanto al Sistema Remunerativo se le varía de término, ahora se llamara Compensación y estará compuesta por la Remuneración y las Prestaciones y en concordancia al Puesto, a la familia del Puesto, a la banda remunerativa y a la Evaluación del Desempeño. A su vez por la valoración, que será Principal, Ajustada y Priorizada. La Compensación se clasifica en económica y no económica (especie). Mejor dicho adiós al Sistema Único.
13-En torno a la moralización, esta define una política sancionadora y no preventiva.
14-El Proyecto de Ley privilegia a la Reglamentación de la Ley, ya que esta estará sobre toda la normatividad.
15-El Proyecto de  Ley, entre otros posesiona y consolida el papel o rol de SERVIR, dejando de lado el objetivo principal de la reforma
PLATAFORMA DE LUCHA REGIONAL
1.- Rechazar categóricamente el Proyecto de la Ley del Servicio Civil
2.- Solicitar el Pago total de la deuda social del D.U. 037-Ley 29702 con sentencia y sin sentencia judicial, con crédito suplementario del presupuesto del 2013.
3.- Aumento de Sueldos Pensionables
4.- Pago  e Incremento Real y sincero de la Escala del CAFAE-2013
5.- Pago del30% y 35% de la Bonificación Especial al Cargo, Actualización del Pago del IGV, Servicio de Comedor, D.U. 088.
6.- Nombramiento del Personal Administrativo que cuentan con más de tres años de  Servicios Oficiales de acuerdo al D.L. 276.
7.- Expedición de las Resoluciones por parte de SERVIR de las Apelaciones del Proceso de Nombramiento- 2011.
8.- Cumplimiento al Proceso de Rotacion, Permutas, Reasignaciones y Ascensos de Acuerdo a la R.M. N° 639 y R.M. N° 530 en las Unidades Ejecutoras de Lima Metropolitana.
9.- Respeto Irrestricto a la Estabilidad Laboral 
Es nuestra responsabilidad que se incorporen nuestras justas demandas de los trabajadores administrativos  de  la Educación, de ti dependen estimado compañero dicha acción UNITARIA de protesta.
¡VIVAN LAS BASES DE FERTASE-LIMA! ¡VIVA LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES!
¡¡ LA VERDADERA UNIDAD ES INCLUYENTE DE NINGUNA MANERA EXCLUYENTE!!
¡JAMÁS RENUNCIAREMOS A LA LUCHA POR DEFENDER A LOS TRABAJADORES!
 ¡UN GOLPE CONTRA UNO ES UN GOLPE CONTRA TODOS!
Sindicalmente;
                                                                                                                      
Lima, 15 de Abril del 2013.

CER-FERTASE-LIMA METROPOLITANA


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