Vistas de página en total

sábado, 3 de enero de 2015







"PARA CONOCIMIENTO DE TODAS LAS BASES A NIVEL NACIONAL DEL PUEBLO DE EDUCACIÓN"
SOLICITUD DE RECURSOS ADICIONALES PARA EL PAGO DE INTERÉS LEGALES DEL D.U. Nº 037 - 94.
1.- PARA EL PAGO DE INTERESES LEGALES CON SENTENCIA JUDICIAL EN CALIDAD DE COSA JUZGADA, ESTA ESTARÁ A CARGO DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (R.M. Nº 103 - 2014 - MINEDU).
2.- PARA EL PAGO DE INTERESES LEGALES POR LA LEY 29702 - SIN JUICIO SE DEBE SEGUIR EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:
2.1. LA UGEL DEBE FORMALIZAR UNA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN EN EL NIVEL FUNCIONAL DEL PLIEGO 010 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014.
2.2. QUE LA LIQUIDACIÓN DE LOS INTERESES LEGALES SE ENCUENTRE APROBADA POR ACTO RESOLUTIVO DEL ÓRGANO COMPETENTE DE LA UNIDAD EJECUTORA.
2.3. QUE EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES SE REALICE EN ESTRICTO ORDEN DE PRELACIÓN Y LOS BENEFICIARIOS NO TENGAN DEUDA PENDIENTE DE PAGO POR CONCEPTO DE DEVENGADOS - CAPITAL.
2.4. EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES SE DEBE FINANCIAR CON LOS SALDOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD Y AFECTACIÓN DE LAS PARTIDA DE GASTO 2.1.1 "RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS EN EFECTIVO" Y 2.2.1 "PENSIONES" DEL PRESUPUESTO DE LA UNIDAD EJECUTORA.
Atentamente,
EDWARD FLORES ALARCON
SECRETARIO GENERAL
FERTASE - LIMA.
LIMA, 01 DE ENERO DEL 2015




 

No hay comentarios:

Publicar un comentario