FERTASE – LIMA
!La fuerza que nos Une!
PLENO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, APROBÓ LEY DE PRESUPUESTO
PÚBLICO 2018,
INCORPORANDO LAS PROPUESTAS PLANTEADAS EN FORMA OPORTUNA Y REITERADA POR NUESTRA GLORIOSA FERTASE - LIMA
Y CONTASE
PÚBLICO 2018,
INCORPORANDO LAS PROPUESTAS PLANTEADAS EN FORMA OPORTUNA Y REITERADA POR NUESTRA GLORIOSA FERTASE - LIMA
Y CONTASE
Tal como lo ANUNCIAMOS con la debida anticipación, producto de nuestra
constante lucha en las calles, asumida con responsabilidad, madurez política, y
principalmente sin mentiras ni engaños, realizada por nuestra gloriosa FERTASE
– LIMA y CONTASE, durante los meses de enero a noviembre 2017; hoy jueves 30 de
noviembre del presente año, siendo las 07:05 PM, el Pleno del Congreso aprobó
la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, INCORPORANDO
nuestras justas demandas:
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES.
1.- TRIGÉSIMA SEXTA. Continuación de Proceso de atención de Pago de
sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.
2.- QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. Autorícese al Ministerio de Economía y
Finanzas para establecer el nuevo monto de la Escala Base del Incentivo Único,
mediante Decreto Supremo.
3.- NONAGÉSIMA NOVENA. Reactivase la Comisión Especial creada por
la nonagésima segunda disposición
complementaria final de la Ley 30372, a fin de continuar con la devolución de
los descuentos indebidos de ONP del D.U. N° 037 – 94.
4.- CENTÉSIMA CUARTA. Dispónese que a los funcionarios y servidores
públicos sujetos al régimen del decreto legislativo 276, ley de bases de la
carrera administrativa y de remuneraciones del sector público que, en virtud de
lo dispuesto en el literal c) del artículo 54º de la citada norma, les
CORRESPONDA el PAGO de la COMPENSACIÓN por TIEMPO de SERVICIOS con OCASIÓN del
CESE, se les OTORGARÁ, en el año fiscal 2018, una entrega económica por única
vez equivalente a DIEZ (10) REMUNERACIONES MÍNIMAS vigentes al momento del
cese. El financiamiento de la medida se efectuará con cargo al presupuesto de
cada entidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.
5.- CENTÉSIMA DÉCIMA SÉTIMA. Dispónese, excepcionalmente, el
otorgamiento de UN BONO de 300.00 soles, para los PENSIONISTAS de jubilación e
invalidez del Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley 19990,
dicho bono se entregara por única vez en diciembre del año 2017.
En nombre del Comité Ejecutivo Regional de nuestra gloriosa FERTASE –
LIMA, agradecer por encima de todas las cosas a nuestro Padre JEHOVA por su
bendita voluntad, y asimismo valorar el esfuerzo permanente de lucha en las
calles de todos los trabajadores administrativos del sector educación, gracias
por la confianza depositada en nosotros, estamos seguros que hicimos todos los
esfuerzos humanamente posibles para lograr que el total de nuestras justas
demandas sean incorporadas en la Ley de Presupuesto Público 2018, porque
siempre actuamos con la verdad, sin mentiras ni engaños.
A los trabajadores administrativos NOMBRADOS y CONTRATADOS del sector
educación, le pedimos mil DISCULPAS por no haber podido lograr el INCREMENTO de
nuestras REMUNERACIONES y el tan ansiado NOMBRAMIENTO, toda vez que existe una
política anti laboral del actual Gobierno de PPK y del Ministerio de Economía y
Finanzas, sumado a la gran división y la falta de interés del personal
administrativo, así como la falta de credibilidad en los dirigentes, debido a
las mentiras y engaños que hemos vivido por más de 20 años.
Ahora continuaremos con mayor esfuerzo, sacrificio y perseverancia,
nuestra labor política y sindical, porque estamos convencidos que la lucha es
el único camino para EXIGIR y LOGRAR los demás puntos planteados que no han
sido aprobados en la Ley de Presupuesto Público 2018, como:
1.- Incremento de nuestras remuneraciones y/o actualización al Sueldo
Mínimo Vital.
2.- Nombramiento del personal administrativo contratado del sector
educación del régimen laboral del D.L. N° 276, y renovación de contrato
automático en cumplimiento de la Ley 24041.
3.- Pago de los INTERESES LEGALES del D.U. N° 037 – 94, por Ley, y con
sentencia judicial en calidad de cosa juzgada.
4.- PAGO del INCENTIVO ÚNICO de CAFAE a los SERVIDORES PÚBLICOS, sujetos
al régimen del Decreto Legislativo 276, que se encuentran con LICENCIA con GOCE
de HABER por ENFERMEDAD y MATERNIDAD, según lo dispuesto por el Informe N° 1097
– 2016 – EF / 42.01 de Asesoría Jurídica del MEF, el cual hace referencia al
Informe N° 1097 – 2016 – EF / 53.01 de la Dirección General de Gestión de
Recursos Públicos, señalando su OPINIÓN que “La prohibición del pago de
incentivos laborales establecida en la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, NO está referida a los servidores públicos que se encuentran con
licencia por maternidad y enfermedad”.
5.- Otorgamiento de un BONO permanente, y otros que detallaremos más
adelante en forma oportuna.
!FERTASE – LIMA YA LO SABE SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!.
La paz de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos ustedes.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA
Cel. 974678434.
Lima, 30 de noviembre del 2017.
!FERTASE – LIMA, YA LO SABE
SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!.
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PROCESO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PROFESIONALES DE LA SALUD, PARA EL AÑO
FISCAL 2018
PARA CONOCIMIENTO DE TODOS LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS CONTRATADOS
DEL SECTOR EDUCACIÓN:
Mediante OFICIO MÚLTIPLE N° 019 – 2017 – MINEDU / VMGI – DIGC – DIF, de
fecha 30 de noviembre del 2017, se COMUNICA a todos los Directores Regionales
de Educación y Directores de Unidades de Gestión Educativa Local, el PROCESO de
CONTRATACIÓN de PERSONAL ADMINISTRATIVO y PROFESIONALES de la SALUD, para el
Año Fiscal 2018, y se da a CONOCER el CRONOGRAMA para el desarrollo de dicho
PROCESO.
La paz de nuestro Señor. JESUCRISTO sea con todos ustedes.
Edward Flores Alarcon
Secretario General
FERTASE – LIMA
Cel. 974678434.
Lima, 30 de noviembre del 2017.
RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 346 - 2016 - MINEDU.
RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 348 - 2017 - MINEDU; QUE MODIFICA ALGUNOS ASPECTOS DE LA RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 346 - 2016 - MINEDU.
!FERTASE – LIMA, YA LO SABE SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!.
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