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sábado, 5 de enero de 2013

EJECUTIVO REMITE EL PROYECTO DE LEY DEL SERVICIO CIVIL

FERTASE-LIMA


¡¡LA LARGA JORNADA DE LUCHA NO HA CONCLUÍDO...!!!...



¡UN GOLPE CONTRA UNO ES UN GOLPE CONTRA TODOS!



El Comité Ejecutivo de la Federación Regional de Trabajadores del Sector Educación, (FERTASE-LIMA), base de la FENTASE, afiliada a la CTE-PERU, ISP y CGTP, saluda fervorosamente a los afiliados de las diferentes bases de Lima Metropolitana, a todos los trabajadores leales y consecuentes de nuestra gloriosa Federación Regional.

La FERTASE-LIMA METROPOLITANA, aspira a forjar la unidad ya que la unidad nos hará mas fuertes hoy, mañana y siempre todos los dirigentes regionales y de las base de Lima lo tienen bien claro este principio, agradecemos la confianza, saludamos y reconocemos su entrega sindical en las calles por las justas demanda de los trabajadores, una bandera intransigente que seguirá flameando en la lucha, cada uno de los trabajadores son un ejemplo de consecuencia, honestidad y valor para las nuevas generaciones …. Gracias compañeros valientes por su vida, de amor y de entrega, la victoria será nuestra.

El Poder Ejecutivo remite al Congreso de la Republica EL Proyecto de Ley del Servicio Civil-P.L N° 01846/2012-PE de fecha 04 de Enero del 2013 mediante el Oficio N° 001-2013, con la firma del Presente Ollanta Humala y del Premier Juan Jiménez Mayor, en los diferentes espacios hemos comunicado a través de nuestro blog, las implicancias y las responsabilidades que tenemos ahora los trabajadores con relación a la Ley del Servicio Civil, es el momento de estar mas unidos que nunca todo el Sector Estatal que están en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 con al finalidad de consolidar la gran ansiada Unidad.

Solo la UNIDAD nos permitirá hacerle frente a esta nueva REFORMA LABORAL que pretende implementar este gobierno, si estamos DESUNIDOS muchos pasaremos muy pronto a las filas de los trabajadores despedidos.

Dicha medida se gesta en los albores del año 90 se inició una etapa del proceso de reforma del Estado; cuando el gobierno del dictador Fujimori emitió una serie de disposiciones legales, primero invitando a retirarse del aparato del Estado; hasta que de manera compulsiva con la Ley 26093 se inició un proceso de despido que superaba el cuarto e millón de trabajadores Estatales. A nivel de Lima Metropolitana fueron despedido mas de 180 trabajadores pertenecientes a las unidades Ejecutoras desde las UGeles 01,02,03,04,05,06,07, DRELM y MED, que luego después de grandes luchas a través de la CGTP, FENTASE y sindicatos bases, fueron reincorporados a sus puestos de origen después de un largo proceso que duro y demando 10 años de protestas.

Hubieron varias respuestas, desde quienes se enfrentaron al gobierno neoliberal y lucharon, otros que ofrecieron resistencia, otros se sometieron y otros se escaparon ( y evidentemente aparecieron después con la cara lavada) y también hubo de los que agazapados desde sus balcones y "trincheras" veían lo que pasaba.

Resultado de ello en esta década y parte de la siguiente se decía que el movimiento sindical se encontraba en crisis. Después de algunas disposiciones externas y algunas luchas al principio aisladas y luego articuladas se "recuperó la democracia".

Empero ello las intenciones de "reformar" el Estado no cesaban y para romper las resistencias el régimen ha comprado las "conciencias " de algunos compañeros sindicalistas para llevar adelante sus planes. (reunión de dirigentes de centrales sindicales en SERVIR con la finalidad de “disminuir” supuestamente los despidos)

En un comentario anterior indicaba que debíamos mirarnos en " el espejo de los maestros", la lección es simple:

a) El gobierno prepara sus baterías y coordina con algunos de la dirección sindical de Centrales Sindicales, Federaciones y Sindicatos, con al finalidad de mantener las “Reformas del Estado”

b) Presentan el proyecto de Ley que contiene las "reformas estructurales, que no son otra cosa que el despido masivo, pero de manera sistemática en un periodo de siete años de su implementación.

c) La "consecuente dirección sindical" dice en vos alta estamos en contra y luego de " algunas discusiones, en encuentros y desencuentros" avalan el proyecto y/o presentan uno alternativo, (reunión en SERVIR de dirigentes expulsados de la CTE-PERU sobre el porcentajes de despidos) "por el cual hay que luchar", sin interés de grupos, partidos políticos, solo debe primar el de los trabajadores, siendo claros en las acciones que debemos cumplir por el bien de las organizaciones sindicales que representamos.

d) Llaman a la gente a la "lucha", empero las "resistencias el régimen los aprueba y las dirigencias dicen, vamos a luchar y no lo hacen, simplemente esperan que las cosas se enfríen y...se acabó las historia: resultado de ello tenemos leyes leoninas, se acaba la estabilidad, los trabajadores van a ser continuamente evaluados, los que no pasen la evaluación SERAN DESPEDIDOS y los que si son capaces estarán "mejores remunerados" en el "nuevo régimen civil", porque para los señores rectores del régimen de la reforma del Estado solo profesionales deben laborar en el servicio publico.

En el caso de los trabajadores estatales va a suceder casi lo mismo, con algunas variantes, pero definitivamente se apunta a tener trabajadores sin derechos, sin derecho a la negociación colectiva, se van a perder los derechos adquiridos y evidentemente el fundamental derecho al trabajo. Todos entendemos que luchar es el camino pero como dijo alguien de buenas intenciones se encuentra empedrado el camino al infierno, esta situación entre otras cosas deviene en dos tristes y trágicas conclusiones:

1.- La primera es que el movimiento sindical esta plagado de traidores y mercenarios que VENDEN los derechos laborales.

2.-Tenemos otro tipo de " mercenarios" de la política que vienen a implementar el "nuevo régimen del Servicio Civil", para hacer recordar este régimen fue implementado en América Latina aproximadamente en la segunda década del siglo pasado y tanto como en 1920, 1930, 1940 para adelante se "hablaba y discutía" en los parlamentos de esta y otras latitudes de estas " nuevas tendencias y hasta de la denominada MERITOCRACIA. Es decir este tema no es nuevo, es tan antiguo que casi 90 años después regresa al país y debemos recordar que este es el régimen que nos rige porque en 1949 se aprobó en nuestro país la Ley del Estatuto y Escalafón del Servicio Civil-LEY 11377.Por tanto esto no es nada nuevo y los mediocres técnicos, especialistas en la función pública están copiando los modelos venidos desde España para "modernizar" el Estado que sólo traen despidos masivos, por ende hambre y desesperación para los trabajadores públicos de las diferentes Sedes, Instituciones Educativas, CETPROS, Institutos Superiores. Por lo que debemos prepararnos, capacitarnos y defender nuestra estabilidad laboral, recordemos las evaluaciones en plena dictadura de Fujimori en 1996, nuestra consigna de FERTASE-LIMA:

¡PLENA VIGENCIA DEL DECRETO LEGISLATIVO 276, LEY DE BASES DE LA CARRERA PUBLICA!

¡DEROGATORIA DE LOS DECRETOS LEGISLATIVOS 1023,1024,1025,1026 Y 1057!.

¡POR UNA NUEVA CONSTITUCION!

¡RESPETO AL DERECHO AL TRABAJO, POR LA DEFENSA PLENA DE LA NEGOCIACION COLECTIVA!

¡POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS!

Compañer@s trabajador@s contratad@s en la modalidad de CAS, como se puede observar ya casi todo está listo para que se implemente en este año 2013; la famosa Ley del SERVICIO CIVIL; es la manera como esta Institución SERVIR fue guisando nuestros derechos sociolaborales ganados por muchos años y no somos de ahora compañer@s; hasta cuándo???... hasta cuándo??? compañer@s permitiremos estos tipos de atropellos.

El Presidente Ollanta Humala, manifestó en las campañas políticas este tema sería prioritaria en dar un nuevo giro, preguntamos para dónde??? con el famoso lema de INCLUSIÓN SOCIAL; será inclusión este tipo de atropellos???... con las creaciones de más regímenes laborales de las que existe... No se soluciona las situaciones sociolaborales en nuestro País.

Ahora este mensaje de Andina ya no emitirán recibos por honorarios…!!! Gran noticia, que novedad…??? Un gran logro en el País…!!! Estas son las prensas amarillas que solo se presta para ello a repetir lo dicho; sin antes cuestionar, criticar o defender los derechos sociolaborales en el País.

Así mismo es necesario clarificar; en unos de sus párrafos dice por la contraprestación el Personal Contratado no hacen esta actividad compañer@s la labor es permanente. Por ello necesitamos accionar y pronunciarnos a todo nivel al lado de FERTASE-LIMA e indicar de como venimos desarrollando nuestras actividades en bien del desarrollo del Sector Educación.

Ya hace buen tiempo como dirigentes de la FERTASE-LIMA y representantes de los trabajador@s de las diferentes base de Lima, venimos informando en los diferentes escenarios; y, nadie dice nada o se pronuncia frente a estos atropellos, hacemos llamados a todos los trabajadores a organizarse para hacer frente haciendo un alto a todos esto que viene pasando compañer@s.

Esperamos su difusión y reflexión del presente y podamos organizar una gran movilización y vigilia nacional indefinida al Congreso de la Republica hasta que se solucione nuestr@s situaciones sociolaborales.

NUEVA LEY DE SERVICIO CIVIL DISTITUIRA A TRABAJADORES

La adecuación de la Ley irá en doce etapas y durará siete años.

Los trabajadores públicos ineficientes saldrán del Estado, afirmó el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, José Villena (ex ministro), al precisar que así lo refiere el borrador del proyecto de la nueva Ley de Servicio Civil.

Indicó que con la aprobación de dicho proyecto de ley, los niveles de capacidad o especialización de los funcionarios públicos serán evaluados. Se premiará al buen profesional otorgándole un sistema de capacitación y “al

ineficiente se le tendrá que sacar”, subrayó.

Asimismo, aseguró que se mejorará la situación de 560 mil trabajadores públicos por medio de un ordenamiento que se ejecutará en tres grupos: los trabajadores del CAS (régimen temporal), los servidores del régimen 276 (carrera de servicio público) y los empleados del 728 (régimen de la actividad privada). “La idea es reordenar las planillas del Estado en una sola planilla, por grupos ocupacionales o especialidad, de manera que los beneficios sean iguales para todos”, precisó. Villena manifestó que todos los empleados CAS tendrán que pasar por un concurso, el cual será voluntario para los trabajadores del 276 y del 728. Si estos últimos no participan, no tendran aumento alguno.

Señaló que las 2 mil 500 entidades públicas comprendidas en el proyecto tendrán que adecuar sus documentos de gestión y de servicio al ciudadano para ingresar a la nueva Carrera Civil.

¡VIVA LAS BASES DE FERTASE-LIMA! ¡VIVA LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES!


¡A SEGUIR LUCHANDO SIN DESMAYO!.

Sindicalmente;



Lima, 05 de Enero del 2013.





CER-FERTASE-LIMA

fentase-region-lima@hotmail.com



EL SECTOR DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA Y EL XIII CONGRESO CGTP

Por: Carlos Jiménez G. / CTE-PERU

1.- NUEVA LEY DE SERVICIO CIVIL Y LA REFORMA DE SEGUNDA GENERACION

Dentro de los Acuerdos del XIII congreso CGTP, referidos al Sector Administración Pública (Nov.2011), tenemos el concerniente a la Ley General de Carrera Publica o Nueva Ley de Carrera Publica, que no es lo mismo, que lo pregonan hoy los Funcionarios de Gobierno vía la Nueva Ley de Servicio Civil, ya que esta Ley responde a lo que el Banco Mundial-BM-ha delineado para el tema Reforma del Estado, esta nueva propuesta denominada de Segunda Generación o de Consenso de Santiago (debido al lugar donde se aprobó la propuesta) busca ir mas halla de la Reforma de Primera Generación o Consenso de Washington, cuyo objetivo fue, crecimiento económico, pero con reducción de la pobreza y la desigualdad. El BM señalo, que no se alcanzaron los resultados esperados, se mejoro la calidad de la Política Pública, más no la del Sector Publico, por lo que hay la necesidad de mejorar la calidad del Servicio Público.

Esta Nueva Ley pretende contribuir en esta etapa al recetario del Fondo Monetario Internacional-FMI-cuya finalidad es la de crear las condiciones para un crecimiento económico a largo plazo en una economía de mercado, por lo que se requerirá de cambios institucionales necesarios que permitan un crecimiento alto y sostenible y que a su vez reduzca la pobreza y la desigualdad.

Y LA LEY GENERAL DE CARRERA PÚBLICA



El Congreso acordó demandar una Ley General de Carrera Publica (Ver adjunto A-3.18, 3.21), este Acuerdo es producto de la existencia en la Administración Pública de una serie de Carreras Especiales (Profesorado y Magisterial, Docentes Universitarios, Profesionales de la Salud, Asistenciales de la Salud, Magistrados, Fiscales, Diplomáticos, Servidores Penitenciarios, Militares y Policías) que debido a sus Leyes, dificultan la Unidad de los Trabajadores, a pesar de ser parte del Sector Publico.

Cuando se habla de la Carrera Publica, nos estamos refiriendo también de los Sistemas de la Función Pública, que en el caso Peruano no es otro, que el sistema de Estructura Cerrada, ya que para el empleo en la Administración Pública se requiere de personal con determinadas características, por lo que el Escalafón y la Carrera son sus elementos esenciales, se ingresa por concurso a un determinado grupo ocupacional con un nivel y grado y es mediante la experiencia y el tiempo de servicio que el trabajador puede ascender o ser promovido a un grupo ocupacional o plazas de un mayor nivel o jerarquía, en concordancia a su nuevo perfil, su evaluación y experiencia laboral. La normatividad vigente esta dada vía el DL. 276, que señala como principios de la Carrera Administrativa, a) Igualdad de oportunidades, b) Estabilidad, c) Garantía del nivel adquirido, d) Retribución Justa y equitativa, regulado por un sistema único homologado.



Cabe señalar que durante el Gobierno de A. Fujimori se destruyo el Sector Publico, de ahí que en el año 2004 se aprobó la Ley Marco del Empleo Público (LEY 28175), cuyo propósito fue el de legalizar el desorden implementado en la Administración pública, esta Ley resto la esencia a la Carrera Publica, ya que impulso un Sistema de Estructura Mixta, en la que tienen presencia la Carrera Publica (DL. 276) y el Contrato para el puesto de trabajo (DL.728),recordemos que con esta ley solo es posible el Contrato, deja de lado los principio de la Carrera Publica y establece una nueva clasificación de cargos; se transita de una clasificación formativa (Auxiliares, Técnicos y Profesionales) a una clasificación funcional (Directivos Superiores, Ejecutivos, Especialistas y de Apoyo).



Razón por la que hay tener cuidado cuando ponemos énfasis en las leyes vigentes, el DL. 276, es la norma que nos asegura la Carrera Publica y esta vigente, por lo que debemos defender sus principios y sobre la base de éstos desarrollemos cualquier cambio.



3.- LA VERTICALIDAD Y LA AMENAZA, DEBE CONTRIBUIR A LA UNIDAD

La falta de consenso entre los integrantes de la Comisión encargada de presentar al Poder Ejecutivo el Proyecto de Nueva Ley de Servicio Civil, ha originado a que durante este año tengamos diversos anuncios sobre la aprobación del Proyecto, primero se hablo del primer semestre, luego se paso al mes de Octubre a la fecha estamos en Diciembre y continúan los pronósticos, lo cierto que cada integrante tiene su propio punto de vista sobre el contenido y como se debe dar la ley, para algunos esta de por medio, la Constitución, los Convenios Internacionales y la Ley (los responsables) y para otros esta de por medio solo el encargo, las políticas y los compromisos de los organismos financieros (Los duros). Es en ese contexto que los trabajadores vamos siendo alertados y se ha tomando conciencia de lo que se viene, a pesar de la predica gubernamental que tratan de convencernos sobre las “bondades” del Proyecto de Ley, algunos dicen que a partir de la Ley solo habrá un solo Régimen Laboral derogándose los existentes, otros que se mantendrán los regímenes laborales ya que su paso a la Nueva Ley es voluntario y remunerativamente atractivo, pero lo cierto es, que el eje de esta nueva ley no solo es la “meritrocracia” sino los cuestionados Decretos Legislativos-DL-que se dieron en el marco del Acuerdo Comercial con EE.UU., fundamentalmente los DL.1024 que desplaza a los Profesionales de Carrera, el DL.1025 que mediante las Evaluaciones se cesaría anualmente al 2% de los trabajadores y el DL.1026 que permite vía las restructuraciones, a los Gobiernos Locales (Municipios) y Regionales tener carta abierta para generar despidos e inestabilidad en los trabajadores.

Esta situación a conllevado a que en la última Asamblea Nacional de la CGTP se tomaran Acuerdos al respecto, como el de contribuir a la Unidad del Sector Publico, y que la temática del Estado es vital para los diversos sectores de la sociedad, por lo que los Sindicatos y sus matrices hemos comenzado a encontrarnos, mediante la unidad de acción, acciones recientes se expresan en el marco de la aprobación del Presupuesto Neoliberal 2013 (se esta asignando S/ 500 millones para la reforma del Servicio Civil), pero además se esta trabajando y preparando una respuesta articulada y centralizada, que cierre el paso al autoritarismo y la verticalidad de las Autoridades que en nombre de la mejora de la calidad de los servicios nos quieren imponer mediante el poder y el dinero, una Ley a como ellos desean, sin tener en cuenta a los involucrados e interesados. Los derechos no se venden se defienden.

Sabemos que la razón, la ley, la Constitución y los Convenios Internacionales nos asisten, de ahí nuestra predisposición a la lucha. La CGTP, la CTE-PERU y la CITE tiene dentro de sus acuerdos (Asambleas y Congresos) defender en el marco de la Reforma, los derechos alcanzados por los trabajadores y sus organizaciones, por ello es que dentro de las nuevas acciones de lucha programadas, esta el desarrollo de un Paro Nacional Estatal.



! UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER!






Tiempo de cambios. Los trabajadores deberán decidir si pagarán a las AFPs una comisión por flujo como actualmente ocurre o una comisión mixta.

Elección del tipo de comisión

Como parte de los cambios de la Ley de Reforma del SPP, desde el 02 de enero al 31 de marzo de 2013 los afiliados tendrán la posibilidad de decidir si desean quedarse en el modelo de comisión actual (comisión sobre el flujo) o de lo contrario pasar automáticamente al nuevo modelo de comisión mixta.



1. Características de los dos esquemas de comisión

Comisión sobre el Flujo Comisión Mixta

Es el esquema de comisión que se utiliza actualmente. Es un nuevo esquema de comisión creado por la Ley de Reforma del SPP.

Resulta de aplicar el porcentaje de comisión sobre su remuneración mensual. Está compuesto por 2 componentes:

Un porcentaje que se cobrará sobre su remuneración mensual, que se irá reduciendo cada dos años hasta llegar a cero en el año 2023.

MÁS

Un porcentaje que se cobrará sobre el fondo conformado por los aportes que realice desde abril de 2013 en adelante y el rendimiento acumulado que estos aportes generen en su cuenta individual de capitalización (CIC).



La comisión mixta no se aplicará al saldo de su fondo acumulado al 31 de marzo de 2013.



La comisión sobre el flujo se cobra cada vez que se realizan aportes mensuales. En el caso el afiliado deje de realizar aportes, solo se le cobrará el componente de la comisión sobre su fondo acumulado desde abril de 2013.

En caso decida quedarse en este tipo de comisión deberá realizar el trámite respectivo hasta el 31 de marzo de 2013. En caso decida pasar al nuevo esquema de comisión no deberá realizar ningún trámite. Terminado el plazo de elección pasará automáticamente al esquema de comisión mixta.

El afiliado podrá revocar su decisión de quedarse en la comisión sobre el flujo y migrar a la comisión mixta hasta el 30 de setiembre de 2013. En caso de pasar a la comisión mixta, no podrá regresar nunca a la Comisión sobre remuneración (Flujo).

2. Plazo para elegir permanecer en la comisión sobre remuneración (Flujo)

Los afiliados tendrán del 02 de enero al 31 de marzo de 2013 para manifestar su decisión de quedarse en el modelo de comisión sobre remuneración (Flujo).

3. Elección de la comisión sobre remuneración (Flujo).

Los afiliados podrán realizar su elección de 3 maneras:

1. Presencialmente, acercándose a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional para poder llenar el formato de “Selección de Comisión por Flujo”. Deberán acercarse con su DNI para poder realizar el trámite.

2. Por correo certificado, para ello deberán enviar el formato de “Selección de Comisión por Flujo” debidamente lleno y firmado junto a una copia de su DNI a través de un correo certificado a Calle Chinchón 980- San Isidro – Lima con atención al departamento de “Elección Tipo de Comisión”. Podrán descargar el formato ingresando a www.prima.com.pe sección Afiliados/ Formatos para Trámites.

3. Por la página web (opción disponible próximamente), ingresando a su sitio Personal con su DNI y clave web.

En caso realicen la elección de la comisión sobre remuneración (Flujo), posteriormente recibirán una carta en la que se les informará a detalle sobre los alcances de su decisión. Adicionalmente, si realizan su elección por la página web o por correo certificado, recibirán una llamada telefónica de Prima AFP la cual será grabada con el fin de certificar la autenticidad de su elección.

4. Criterios para la elección del esquema de comisiones.

Los afiliados cuentan con una calculadora de comisiones la cual les permitirá comparar ambos esquemas de comisión para que puedan elegir el que más le convenga. Pueden ingresar a la calculadora desde nuestra página web, en la web de la SBS o haciendo clic aquí

5. Consideraciones Importantes:

• El afiliado es responsable de elegir entre permanecer en la comisión sobre el flujo o de migrar a la comisión mixta.

• Si eligió la comisión sobre el flujo, podrá revocar su decisión en una (1) sola oportunidad para poder pasar a la comisión mixta. El plazo con el que cuenta para ejercer dicha revocación vence el 30 de setiembre de 2013.

• En caso no manifieste su decisión de permanecer en la comisión sobre remuneración (Flujo) en el plazo establecido, los aportes que realice a partir de abril de 2013 se sujetarán automáticamente al esquema de comisión mixta, no pudiendo cambiarse posteriormente a la comisión sobre el flujo.

• El Sistema Privado de Pensiones (SPP) provee una cobertura ante los riesgos de jubilación, invalidez y fallecimiento, siempre que aporte de manera regular y conforme a los requisitos exigidos por las normas correspondientes del SPP. Para no perder esta cobertura es necesario contar con cuatro pagos dentro de los últimos ocho meses anteriores al siniestro.

• Si elige comisión mixta y no efectúa aportes mensuales a su cuenta individual, el cobro mensual de la comisión sobre el saldo de sus aportes no da derecho a la cobertura antes indicada.

• Es responsabilidad del afiliado:

1. Informarse previamente sobre las características de ambos esquemas de cobro de comisión.

2. Cumplir con el procedimiento y plazos establecidos por la resolución SBS N° 9353-2012 para realizar el proceso de elección de esquema de cobro de comisión.

3. Consignar correctamente su dirección y teléfonos de contacto, al momento de ejercer su elección.



Jorge González Izquierdo: “La comisión mixta no le conviene a todos”

Jueves 03 de enero del 2013
16:39

El economista instó a la población a informarse y calcular qué forma de ahorro le conviene más. Se unió a las críticas contra la ‘calculadora virtual’ de la SBS.

Los 5.2 millones de afiliados a las AFP tienen hasta el 31 de marzo para decidir si continúan con la actual comisión sobre el sueldo o migran a la comisión mixta (que incluye una parte que se descuenta del sueldo y, otra, del fondo acumulado).

El economista Jorge González Izquierdo conversó con Perú21 al respecto, y recomendó a los trabajadores a informarse bien antes de tomar cualquier decisión.

Explicó que si bien para las personas próximas a jubilarse, escoger entre una comisión u otra no hará gran diferencia, los que todavía tienen años de aporte por delante sí deben tener cuidado al escoger la comisión que les conviene.

“La comisión por saldo no beneficia al 100% de afiliados. Habrá gente que sí, pero hay gente que la perjudica. (…) Si soy una persona que gana sueldo mínimo o un poquito por encima del mínimo, es probable que me convenga la comisión por saldo (del fondo acumulado). Pero si soy una persona relativamente joven, que gano entre S/.5,000, S/.8,000 o más mensuales, es probable, pero no seguro, que me convenga la comisión por sueldo”, sostuvo.

CRITICA CALCULADORA VIRTUAL

El economista también se unió a las críticas a la ‘calculadora virtual’ de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), y lamentó que el sistema “asuma” información del afiliado y no permita que él mismo inserte los datos sobre su perfil y realidad laboral.

“Yo hubiera esperado que la SBS deje espacios en blanco para que uno meta las cosas que le va a pasar. Nadie va a estar seguro que nunca perderá su trabajo o que le suban el sueldo”, indicó.

Desde hoy se puede usar calculadora para comparar comisiones de las AFP

Miércoles 02 de enero del 2013
11:06

La SBS ya habilitó en su página web esta importante herramienta para que los afiliados decidan entre el antiguo esquema de comisiones (sobre la remuneración) o el nuevo modelo de cobro (sobre el saldo).

A partir de hoy, las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) deben implementar sus calculadoras virtuales para para comparar sus comisiones, sobre la base de variables como la rentabilidad, frecuencia de cotización y la comisión en sí.

La importante herramienta permitirá a los afiliados decidir si les conviene el antiguo esquema de comisiones (sobre la remuneración) o el nuevo modelo de cobro (sobre el saldo).

Los usuarios tienen hasta el 1 de abril para decidir bajo qué sistema cotizarán en sus respectivas AFP.

Por el momento, la SBS ya habilitó su calculadora en su página web http://www.sbs.gob.pe/app/Calculadora. Hasta el momento, AFP Prima, Profuturo e Integra han cumplido con poner esta herramienta a disposición de los usuarios. AFP Horizonte informó que la habilitará en los próximos días.

¿CÓMO UTILIZARLA?

La SBS publicó la metodología ayer en el diario El Peruano, en donde anotó los pasos a tomar en cuenta:

Paso 1. El afiliado deberá ingresar sus datos personales como remuneración mensual, edad, género y nivel educativo, de acuerdo a cada perfil.

Paso 2. Escogerá una de las tres opciones de rentabilidad propuestas en la calculadora: 5%,6% y 7%.

Paso 3. Señalará la frecuencia de cotización en el sistema de AFP, igual dentro de tres variables: 50%, 75% y 100%.

Paso 4. Elegir una comisión sobre el saldo en 20 años. Aquí se optará por las diferentes propuestas de comisión de cada AFP.

Paso 5. Observar el resultado de la comparación entre los esquemas de comisiones.

Las calculadoras que comparan las comisiones –mixta y sobre el sueldo– que cobran las AFP deben ser mejoradas para tener escenarios más “realistas” y para que los afiliados puedan realizar una mejor elección, sostuvieron expertos consultados por Perú21.

El economista Jorge Guillén dijo que estos aplicativos –elaborados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)– deben tener, por ejemplo, más opciones en el supuesto ‘rentabilidad de los fondos’ (el máximo es 7%).

“Podría haber casos en que se registren mayores retornos, sobre todo en el Fondo 3. En ese caso, la comisión mixta sería mayor”, indicó.

Giovanna Prialé, ex gerenta de Productos y Servicios al Usuario de la SBS, también cuestionó la alternativa de la calculadora que le pide al afiliado elegir el cobro que le hará su AFP en 20 años.

“Nada te garantiza esos supuestos. La calculadora debe perfeccionarse para que sea una herramienta útil”, afirmó.

Los expertos no son los únicos que hallan falencias en las calculadoras. César Chang, gerente de Operaciones de AFP Integra, coincidió con que deben incrementarse las opciones sobre rentabilidad.

Sostuvo, además, que la comisión de largo plazo que se propone debe ser similar a la tarifa actual. “Así, los afiliados contarían con mejores escenarios futuros”, apuntó.

El superintendente de AFP de la Superintendencia, Michel Canta, aseguró que las opciones de cada variable de estas calculadores se basan en supuestos razonables para los siguientes años.

SABÍA QUE

– La comisión mixta

Incluye cobro del sueldo más un descuento del fondo acumulado.

– Dónde están

Las calculadoras están disponibles en las páginas web de cada AFP y, también, en www.sbs.gob.pe.

– Atento, actual afiliado

Tienen hasta el 31 de marzo para solicitar a su AFP seguir con la comisión sobre el sueldo; si no, serán migrados al cobro mixto. Los nuevos afiliados pagarán comisión mixta. Estos no pueden elegir.

Morón: ‘Calculadora de la SBS siempre dice que comisión mixta es más barata’

Miércoles 02 de enero del 2013
18:18

Exviceministro de Economía dijo que labor de dicha entidad es orientar a los afiliados y no convencerlos de que se cambien a la nueva propuesta de las AFP. “Espectacular muestra de profesionalismo”, ironizó

El economista Eduardo Morón criticó hoy la calculadora virtual que elaboró la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS) para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), ya que esta solo dice que la comisión mixta “es más barata” que la comisión por flujo.

Como se sabe, esta mañana la SBS dio a conocer la referida herramienta para que los afiliados a las AFP puedan evaluar y elegir si permanecen en la actual comisión por flujo (cobro sobre el sueldo) o migran a la nueva comisión mixta (cobro sobre el sueldo y el fondo).

Sin embargo, en un post publicado en su blog bajo el título “La calculadora de la SBS solo sabe decir Cámbiate!”, el exviceministro de Economía y Finanzas refutó que la calculadora siempre afirme que la comisión mixta es más barata que el esquema actual.

Para cambiar de comisión de AFP

Si optaste por seguir en el esquema actual, entérate del trámite que debes realizar















A partir del próximo año, el pago que los trabajadores realizan a las AFP por administrar sus aportes ya no será solo un porcentaje fijo sobre el total del sueldo, como hasta ahora.

La reforma de las AFP aprobada por el Congreso en julio determinó que se debía remunerar a estas empresas con un porcentaje del fondo acumulado con los aportes, es decir, sobre el saldo.

NUEVA COMISIÓN



La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) asegura que esto incentivará a que las administradoras logren mayores ganancias pues, si crece el fondo del afiliado, también aumentará su pago.

Sin embargo, el regulador ha dispuesto que este tipo de cobro no se aplicará hasta dentro de 10 años. En tanto, desde 2013 y hasta 2023 entrará en vigencia una comisión mixta. Esta tendrá dos componentes: un porcentaje del sueldo y un porcentaje del fondo. El primero irá disminuyendo hasta llegar a 0% en el año 2023.

ANTIGUOS DECIDEN

El nuevo sistema será obligatorio para los nuevos afiliados a partir de febrero del próximo año.En cambio, los actuales aportantes pueden optar por no pasar a este esquema si no se sienten convencidos. ¿Qué hay que hacer? Justamente ayer, la SBS emitió la Resolución N° 9353-2012, la cual regula el proceso de elección de la comisión y detalla los trámites que se deben seguir:

1. Los trabajadores que hoy aportan a una AFP tienen entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 2013 para comunicar su decisión.

2. El trámite puede hacerse personalmente en la Oficina de Asesoramiento Previsional (OAP) de su AFP. Hay que llevar el DNI.

3. Las AFP deberán proveer un formato de documento en el que se manifestará esta decisión.

4. También se puede hacer por Internet y vía postal. Si es por Internet, el trabajador debe ingresar al sitio web de su AFP. La empresa le suministrará dos claves. La primera será para que ingrese sus datos, y la segunda, para que confirme que desea seguir en la comisión por sueldo.

5. Si prefiere el correo postal, deberá enviar el formato que su AFP le provea y una copia de su DNI al lugar que le indiquen.

6. Para quienes eligieron los procesos vía web y correo postal, deben saber que sus AFP los llamarán por teléfono y les enviarán cartas para certificar la autenticidad de los procesos.













Expertos dicen que la que va sobre el saldo hará bajar el fondo intangible. El MEF afirma que generará competencia y se abaratará la tasa.

1 Actualmente las AFPs cobran una comisión por flujo

Si actualmente usted está afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP), el cobro es por flujo. Es decir, mensualmente las AFP le descuenta alrededor de 1,81% de su sueldo por administrar su fondo. Por ejemplo, si usted gana mil soles y está afiliado a Prima AFP, se le descuenta de la siguiente manera: S/. 100 que equivale al 10%, se destina a su fondo, S/. 12,90 (1,29%) es el pago por prima seguro y S/. 16 (1,60%), es lo que le cobra la AFP por administrar su fondo de pensiones.

2 ¿Cómo y desde cuándo se aplicará la comisión mixta?

Los trabajadores que decidan ingresar a una AFP entre el 1° de febrero del 2013 y enero de 2015 lo harán en el esquema donde paguen menos comisión. Esta comisión tendrá dos componentes: una parte calculada sobre el sueldo y otra sobre el nuevo fondo. Luego del proceso de licitación, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y las AFP contarán con calculadoras virtuales para que usted ingrese sus datos y compare si le conviene la nueva comisión mixta o la actual.

3 ¿Qué es la comisión sobre el saldo?

El periodo de transición del cobro mixto a saldo será de 10 años. Culminado este periodo las AFP cobrarán un porcentaje sobre el fondo acumulado por el afiliado a partir de febrero del 2013.

Sin embargo, al tener más años para aportar al sistema, usted reunirá un fondo mayor el cual implica que se le descuente el porcentaje de ese total, así lo explicó recientemente Lorena Masías, ex superintendente adjunta de AFP, de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Por lo que refirió que a los más jóvenes le conviene el actual tipo de cobro.

4 Tiempo de decisión sobre el tipo de comisión a pagar a la AFP

Los 5,2 millones de afiliados tendrán que decidir si escogen el nuevo sistema de cobro de comisiones por saldo propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La ley permite a los afiliados antiguos escoger el tipo de cobro que desean se les efectúe. En caso usted no desee migrar hacia la comisión mixta tendrá plazo del 2 al 31 de enero del 2013 para enviar una carta física o un correo electrónico a su AFP e informarle que desean permanecer con la actual forma de pago.

5 ¿Qué es el Fondo cero de menor riesgo?

Este tipo de fondo de protección de capital será obligatorio para los afiliados a partir de los 65 años. De no estar de acuerdo con este Fondo, debe expresar por escrito su voluntad de cambiar su fondo al Tipo 1 (Preservación de Capital) o Tipo 2 (Balanceado).

En caso que desee jubilarse antes de cumplir la edad establecida por ley, podrá solicitar la jubilación anticipada siempre y cuando obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las últimas 120 remuneraciones.

6 ¿Ingresarán más aseguradoras a competir?

Recientemente el Grupo Interbank presentó su solicitud de autorización y funcionamiento como sociedad de AFP, con lo cual participaría en el proceso de licitación de los nuevos afiliados al Sistema Privado de Pensiones el 20 de diciembre.

Dicha licitación se realizará cada dos años y ganará la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que ofrezca la menor comisión por administrar el fondo de los afiliados.

El Ministerio de Trabajo será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de las normas; mientras que la Superintendencia de Banca y Seguros publicará los indicadores en función de comisiones y rentabilidad.



La osada apuesta de Hábitat en Perú: cobrará casi 3 veces menos que en Chile

Para quedarse con los 700 mil afiliados por los próximos dos años en ese país, ofreció cobrar 0,48 % de los sueldos y 1,25 % de los ahorros. En Chile cobra 1,27 % de los sueldos.





Además de La Haya, en Perú uno de los temas de moda relacionado con Chile en estos días es lo que ocurrirá con su sistema de AFP. Creado hace 20 años como un espejo del chileno —que cuenta con una década más de historia—, el sistema peruano acaba de aprobar una reforma que hace una semana provocó uno de los cambios más significativos: la migración desde una comisión sobre el sueldo mensual a una sobre el saldo administrado.

Mediante una licitación, ingresó a ese mercado la AFP Habitat, propiedad de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), que se aseguró captar por los próximos dos años a los nuevos afiliados al sistema, igual como en Chile lo está haciendo desde 2010 la AFP Modelo.

La diferencia con nuestro país es que Hábitat ofreció cobrar 0,48 % del sueldo de cada afiliado más el 1,25 % de saldo administrado es decir, de los montos que vayan ahorrando esos trabajadores. Entre ambas se calcula una comisión mixta de 0,54 %.

Con esta oferta, Hábitat superó largamente a sus 4 competidoras, y permitió una baja de las comisiones entre 60 % y 70 %, según distintos análisis.

La apuesta de la administradora es agresiva, pues en Chile cobra 1,27 % del sueldo de sus afiliados, es decir, casi tres veces menos de lo que cobra en Perú. Incluso, es un tercio más baja de lo que cobra la AFP más barata en Chile, Modelo (0,77 %).

Según la ex superintendente de Pensiones de Perú, Lorena Masías, al menos en los primeros cuatro años Hábitat obtendrá el 90 % de sus ingresos de la comisión por sueldo, ya que la comisión por saldo se calculará para los nuevos aportes de los afiliados.

Esto implica que las arcas de Hábitat se abastecerán del 0,48 % que cobrará a las remuneraciones de sus afiliados hasta 2013.

Es el costo que paga por ingresar al nuevo mercado. En Chile tiene el 27 % de los afiliados y cuando se hizo la primera licitación en 2010, estuvo dispuesta a competir ofreciendo una comisión de 1,21 % del sueldo, lo que era poco más de un 10 % inferior a su comisión de ese momento (1,36 %). Entonces perdió con Modelo (1,14 %).

En la segunda licitación (de 2012) ya no estuvo dispuesta a competir. Eso sí, a mediados de este año redujo su comisión a 1,27 %, siendo la única que ha reaccionado en la variable precio ante la arremetida de Modelo.

Como Modelo aún no logra una migración masiva de afiliados de otras AFP (entre 500 y mil mensuales en los últimos meses) Habitat sigue siendo una de las AFP que domina el negocio en Chile: a septiembre de 2012 ganó $ 54.571 millones, lo que revela un alto margen sobre sus ingresos por comisiones obligatorias y APV (Ahorro Previsional Voluntario), de 62 %.

“Habitat está dispuesta a ganar mucho menos en Perú que en Chile”, comenta un ex superintendente de Pensiones chileno —que no quiso ser nombrado— al analizar la estrategia de la gestora presidida por el empresario José Antonio Guzmán.

Según señaló el diario El Comercio de ese país, José Miguel Valdés, gerente legal de la compañía, reconoció que esperaban “que la competencia fuera más dura y ajustada”.

La reforma a las AFP en Perú determina que el sistema de comisiones (que considera licitaciones cada dos años) irá evolucionando en su sistema de cobros hasta migrar completamente a un sistema de comisiones sobre saldo en un período de 10 años.

El sistema de pensiones privado peruano tiene hoy 5,2 millones de afiliados, de los cuales casi la mitad cotiza, es decir, se trata de un mercado casi un 50 % menor al chileno. Además, a diferencia de Chile, lo trabajadores peruanos pueden elegir entre el sistema privado y un sistema público, aunque para entrar a este último hay condiciones exigentes, como tener, al menos, 20 años de cotizaciones.

En cualquier caso, el sistema público de pensiones (Oficina Nacional Previsional, ONP) a agosto tenía 1,4 millón de aportantes, cifra que es el doble de lo que había hace cuatro años y casi el triple de lo que había en 1995, dos años después que se implementó el sistema privado.

Los peruanos que están en el sistema privado de pensiones (que es voluntario), además, tienen el derecho a elegir en los próximos tres meses si se mantienen en el sistema de comisiones por sueldo o si migran al del comisión mixta.

Según ha dicho Masías a medios peruanos, con el propósito de ser atractiva para sus clientes en Perú, los fondos administrados por Hábitat deberán alcanzar una rentabilidad real de 8 % al año. Valdés afirmó en Perú que en Chile ya registran una rentabilidad de 9 %.

La cifra es cierta (8,78 % en rigor), según el último informe de la Superintendencia de Pensiones de Chile, para el Fondo C desde 1981 a la fecha. Aunque no considera que desde que fueron creados los multifondos en 2002, Hábitat solamente alcanza una rentabilidad real de 5,28 % y en los últimos 36 meses llega a 4,10 %, en ambos casos, eso sí, es la mejor del sistema.

Tampoco incluye el cálculo, que en Perú —a diferencia de Chile— se calcula la rentabilidad descontando el impacto la comisión, lo que reduce el guarismo.

Analistas estiman que el negocio para Hábitat no está en ganar plata con estos nuevos afiliados y ven la entrada al mercado peruano sólo como un primer paso. Resaltan que aún falta ver lo que ocurra con la venta de la AFP Horizonte, del grupo BBVA. En Colombia al menos el grupo Colombiano Aval ganó la pulseada quedándose con AFP Horizonte de ese país, por US$ 530 millones. Además, para los próximos dos años Hábitat tiene previsto invertir US$ 20 millones en Perú.

Cabe recordar que a septiembre de este año AFP acumulaba una utilidad de más US$ 100 millones, casi un 30 % más que en 2011. La Rentabilidad Sobre Patrimonio (ROE) en 2011 fue de 31 %.

Igualmente su llegada ha generado todo tipo de debates en ese país.

La Asociación de AFP del Perú aplaudió la llegada de una nueva AFP, pero, al igual que en Chile, cuestionó que se genere un incentivo a los afiliados a poner más atención en la comisión y no en la rentabilidad.

La reacción no es de sorprender, pues la reforma del gobierno de Ollanta Humala, criticada por lo apresurada de su tramitación, obliga a todas las AFP a informar nuevas comisiones a partir de hoy 26 de diciembre, incluyendo ambos tipos de comisiones.

La apuesta de expertos peruanos es que las AFP reducirán a casi 1 % sus comisiones en promedio, desde el actual 1,60 % a 2,10 %. Es decir, a diferencia de la mayoría en Chile, las AFP sí reaccionarán reduciendo sus precios.

De hecho, el superintendente de Banca, Seguros y AFP (SBS), Daniel Schydlowsky, puso presión públicamente a las otras AFP, asegurando que “sería muy raro que las AFP no ganadoras no bajen sus comisiones, porque están demostrando que hay margen para hacerlo”.

Medios económicos han dado espacio a críticas de distintos expertos, como el ex viceministro de Economía, Eduardo Morón, quien dijo a Gestión, que la comisión mixta es complejo de entender para los afiliados pues no es fácil predecir cuánto les descontarán.

Esto, porque para estimar el costo en dinero en el tiempo por la comisión por saldo habría que conocer de antemano la rentabilidad de las AFP, lo que es un ejercicio poco certero.

El economista de la Universidad del Pacífico Jorge González Izquierdo, en tanto, afirmó que el gobierno pone demasiado énfasis en reducir el costo de las comisiones y poco en incrementar los saldos de los afiliados a través de la rentabilidad, para así mejorar las pensiones futuras.

Sí hay coincidencia en que la licitación fue exitosa al obligar a las AFP a competir. En este sentido, el titular de la SBS reconoció que la licitación peruana “fue más dramática” que en Chile.





EL ABUSO DE LAS AFP EN EL PERÚ

Publicado el 11 de Junio del 2012

¿Se imagina un negocio que le permita ganar siempre lo mismo por sus servicios, independientemente de los resultados de su gestión?. Aunque suene increíble: ¡existe!. Son las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP del Perú.

Las AFP en el Perú cobran una comisión sobre la remuneración bruta del trabajador, que es descontada puntualmente mes a mes, independientemente de la rentabilidad obtenida.

El promedio de las comisiones cobradas por las actuales cuatro AFP (Horizonte, Integra, Prima y Profuturo), por un sueldo bruto de S/.1,000, son las siguientes:

Porcentaje promedio Monto cobrado

AFP Comisión Variable 1.91% S/.19.1

Aporte Obligatorio (fijo) 10.00% S/.100

AFP – Prima Seguro ( * ) 1.308% S/.13.08

Total 13.218%

( * ) Porcentaje sobre la Remuneración Bruta hasta el límite determinado por la Remuneración Máxima Asegurable (Art. 67° del Título VII del Compendio de Normas reglamentarias del SPP). .

Fuente: http://www.sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=1&JER=277

Sin embargo, si consideramos la comisión variable y la comisión por prima de seguro como un porcentaje del aporte obligatorio al Fondo de Pensiones y no sobre la remuneración bruta, encontramos que los porcentajes reales cobrados a los trabajadores serían los siguientes:

Porcentaje real cobrado Monto cobrado

AFP Comisión Variable 19.10% S/.19.1

Aporte obligatorio (fijo) S/.100

AFP – Prima Seguro 13.08% S/.13.08

Total 32.18%

Lo que equivale a un cobro del 32.18% sobre el aporte obligatorio pagado (de S/.100).

Es decir, que por cada S/.100 que nos descuentan mes a mes, pagamos S/.32.18, entre comisión variable (S/.19.10) y prima de seguro de invalidez y sobrevivencia (S/.13.08); ésta última, a manos de las empresas de seguro vinculadas a los grupos económicos de las AFP.

En contrapartida, la rentabilidad nominal y real anualizada de los fondos de pensiones en el lapso de Diciembre 2011/Diciembre 2006, fue la siguiente:

Rentabilidad Nominal Rentabilidad Real

Fondo Tipo 1 6.50% 2.89%

Fondo Tipo 2 7.45% 3.81%

Fondo Tipo 3 8.62% 4.95%

Fuente: http://www.sbs.gob.pe/app/stats/EstadisticaBoletinEstadistico.asp?p=31#

Lo curioso de esto es, que sí Usted hubiese optado por depositar los aportes de su Fondo de Pensiones en una cuenta a plazo en una Entidad Financiera (tipo CTS), le hubiesen pagado entre el 8% y 10% de tasa de rendimiento efectivo anual: ¡Sin necesidad de pagar la comisión del 19.1% por administrar su dinero!.

Por otro lado, las cifras son espectaculares para las AFP; sí vemos que tan sólo en el año 2011 las utilidades netas de las cuatro administradoras fueron equivalentes al 32% de sus ingresos por el cobro de comisiones; en tanto que su rentabilidad promedio subió a 25.6%.

Según datos de la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS), las AFPs engrosaron sus ganancias en S/. 70 millones al alcanzar S/. 310.5 millones el año pasado, esto es 29% más en comparación con el monto registrado en el 2010 (S/. 240.5 millones).

Como verán: un negocio redondo de las AFP, a consta de los sufridos aportantes y la complicidad de los políticos de turno, que no hace nada por evitarlo.

Como es sabido, hoy en día se está discutiendo ciertas propuestas de modificación.

Se habla de subastar la afiliación exclusiva por 24 meses para la AFP que cobre la comisión más baja del mercado, en la búsqueda de impulsar la entrada de más AFP al mercado e incrementar así la competencia (En Chile esta medida permitió bajar el promedio de comisiones de 1.64% a 0.85%). También se prevé subastar las primas de seguros de invalidez y sobrevivencia.

Asimismo, se discute la posibilidad de tercerizar en bloque el proceso operativo de las AFP (ventas, registros, cobranzas, etc.).

Se comenta la creación de un Fondo Social de Pensiones que podrá ser, indistintamente, administrado por la ONP o las AFP, en el cual las personas aportarán solo 4% y el Estado aportará otro 4%. Se pretende captar con ello a los trabajadores de las microempresas.

Se especula sobre el aporte obligatorio de los independientes, aunque de forma gradual.

Sin embargo, no se dice nada sobre el abusivo cobro de las comisiones, como porcentaje de la remuneración bruta, ni tampoco sobre la posibilidad de cobrar una comisión mixta, que considere la gestión del fondo, medida por la rentabilidad obtenida

Por el contrario, se pretende ahora cobrar una comisión sobre el saldo acumulado de los aportantes, castigando a todos aquellos que han venido aportando desde el inicio del fondo, quienes ahora tendrían que pagar más, incluso una doble comisión, si consideramos que nuestro sueldo acumulado ya pagó por dicho concepto, al momento que se aportó

Mientras esto sucede: ¿Quién nos defiende del abuso de las AFP?.







Se suponía que esta Ley favorecería al afiliado, al que no sólo afectan las altas comisiones, sino la crisis global. En cambio las AFPs, cada día ven incrementarse sus ganancias a costa de los afiliados. Decepcionante la actuación del congresista Jaime Delgado en este tema. Una lastima que la reforma de las AFPs solo se refiera al cobro de comisiones y no a la mejora de la rentabilidad, que al final es lo que interesa porque va a impactar directamente en la pensión que se recibirá. Si ya estas afiliado, te sugerimos que no te muevas al cobro mixto por aporte y saldo, porque al final saldrás pagando mas. Ejemplo reciente, Chile.

Si eres nuevo, no tienes opción y a llorar a la playa. Si eres jubilado te van a cobrar sobre tu saldo y tu pensión se reducirá más cada año

Esta mas que probado de que la SBS no son mas que empleados de los BANCOS Y A LAS AFPs pagados con muy buenos sueldos por el Estado. Es necesario que esta entidad entre en reforma y esta nueva Ley la hizo las AFP y que posteriormente el Congreso la refrendo.













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